REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Primero (1ero) de Junio del año 2010
200º y 151º
Vista la anterior Solicitud DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos MERCEDES MARIA HERNANDEZ DE ROJAS y SANTOS ROJAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.300.607 y V-2.632.008, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio CARLOS ALEJANDRO SILVA PRINCE, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.664.299 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.890; y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, el Tribunal la admite de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia, ordena la citación de la Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, para que comparezca por ante éste Tribunal dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a su citación, a exponer lo que estime pertinente en relación a la presente solicitud. Expídase por Secretaría copia certificada del aludido escrito solicitud, y anéxese a la respectiva Boleta, a los fines que el Alguacil del Tribunal practique la citación ordenada. Cúmplase.
LA JUEZA,
Dra. ANA TERESA AYALA P.
EL SECRETARIO,
GAMAL GAMARRA
Exp. 1468/10
ATAP/GG/yaris
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Primero (1ero) de Junio del año 2010
200º y 151º
BOLETA DE CITACIÓN
SE HACE SABER:
A la Fiscal Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.
- Que debe comparecer por ante éste Tribunal, dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado su citación, a exponer lo que estime pertinente en relación a la solicitud de DIVORCIO establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos MERCEDES MARIA HERNANDEZ DE ROJAS y SANTOS ROJAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.300.607 y V-2.632.008, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio CARLOS ALEJANDRO SILVA PRINCE, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.664.299 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.890, cuya copia certificada se le anexa a la presente Boleta.
Firmará al pie de la presente Boleta en señal de haber sido citada.
LA JUEZA,
Dra. ANA TERESA AYALA P.
FIRMA: ______________________ FECHA: _____________ HORA: _____________________________
LUGAR: ________________________________________________________________________________
Exp. 1468/10
ATAP/GG/yaris
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