En horas de Despacho del día de hoy, dieciocho (18) de Octubre del año Dos Mil Diez (2010) siendo las 9:50 a.m., se trasladó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas en compañía del Dr. OSWALDO GRILLO GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.689, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, a la siguiente dirección: Local comercial ubicado en la planta baja del Edificio “Santa Cruz”, Silencio a Jefatura, frente al pasaje El Cristo, Parroquia Maiquetía del Estado Vargas, a los fines de practicar la Medida de ENTREGA MATERIAL, a que se contrae la presente comisión, decretada por el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con ocasión del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue LINO MANUEL TEIXEIRA FERNANDEZ, quien actúa en su propio nombre y en representación de los ciudadanos MERCEDEZ CARMEN FERNANDEZ DE TEXEIRA, GREGORIO TEXEIRA FERNANDEZ, MANUELA MERCEDES TEXEIRA FERNANDEZ y MARIA CAROLINA TEXEIRA FERNANDEZ, contra MIRVAT NASER DE MISRI, que se sustancia en el Expediente N° 9552, nomenclatura de ese Tribunal y cuya signatura de éste comisionado es C-047/10. Acompañan al tribunal los ciudadanos LUIS GUILLERMO GARCÍA, en su carácter de representante legal de la Depositaria Judicial “La General de Depósitos Judiciales S.A”, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.365.969, a quien se designa en éste acto como Depositario Judicial y el ciudadano BENIGNO MENDEZ SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.889.447, a quien se designa en este acto como perito, quienes estando presentes aceptaron el cargo recaído en su persona y juraron cumplirlo bien y fielmente con todas las obligaciones inherentes al mismo. Se deja constancia que el Tribunal se hizo acompañar de una comisión de la Policía del Estado Vargas, conformada en éste acto por el Oficial de Primera ORTEGANA NEOMAR titular de la cédula de identidad N° V-14.312.604, Placa Nro. 2155 quien la preside y Oficial LIZARDI CHRISTIAN, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.754.670, Placa Nro. 8227, a los fines de garantizar la integridad de las personas que conforman el Tribunal. Constituido el tribunal en el sitio indicado en la presente comisión y verificado que es el mismo a que se contrae la misma, fuimos atendidos por la ciudadana FANNY SONEYDA ROJAS PERNIA, quien se identifico con la Cedula de Identidad Nro. 8.027.528, quien impuesta de la misión en su carácter de encargada del Local Comercial, informo que llamaría al dueño quien se encuentra en el Local, ciudadano ELIAS MISRI SAALINI, una vez apersonado se le impuso de la misión, se identifico con la Cedula de Identidad Nro. V-8.682.469, se le informo sobre sus derechos constitucionales y manifestó que se comunicaría con su abogado, HENRY HADDAM. Seguidamente, el ciudadano ELIAS manifestó al tribunal que se comunico vía telefónica con el Dr. HENRY HADDAM, y este le informo que se apersonaría al acto, por lo que el tribunal le concede un lapso de espera de 30 minutos contados a partir de las 10:05 a.m. En este estado, vencido el lapso concedido para que compareciera el Dr. HENRY HADDAM, sin que este hiciera acto de presencia. Seguidamente, el tribunal ordena al perito designado realizar e inventario de los bienes que se encuentran en el local objeto de la presente medida. En este estado, el Notificado ciudadano ELIAS MISRI SAALINI, manifiesta al tribunal que entregaría el local voluntariamente y que trasladaría a su propia cuenta y riesgo, con su personal los bienes existentes para el Edificio que se encuentra al frente del Local, denominado El Cristo, piso 2, para el deposito que el tiene allí. En este estado, el notificado hace entrega al tribunal de las llaves correspondiente a la Santamaría del local, contentiva de una (01) llave de una de las puertas de acceso al Local. Seguidamente, el tribunal verificado, que el inmueble se encuentra libre de bienes y personas hace ENTREGA MATERIAL, REAL Y EFECTIVA del inmueble objeto de la medida, constituido por: Un Local comercial ubicado en la planta baja del Edificio “Santa Cruz”, Silencio a Jefatura, frente al pasaje El Cristo, Parroquia Maiquetía del Estado Vargas, a la parte actora, en la persona de su apoderado judicial, Dr. OSWALDO GRILLO GOMEZ, ya identificado, así como de las llaves correspondientes a la Santamaría, quien en nombre y representación de su representada lo recibe conforme. En este estado, cumplida como ha sido la misión conferida a este tribunal ejecutor, se ordena el regreso a la sede siendo las 12:00 p.m. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA (Fdo) Ilegible.EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA (Fdo) Ilegible.LOS NOTIFICADOS (Fdos) Ilegibles. EL DEPOSITARIO (Fdo) Ilegible. EL PERITO (Fdo) Ilegible. LA COMISION DE LA POLICIA DEL ESTADO VARGAS (Fdos) Ilegibles.LA SECRETARIA (Fdo) Ilegible.