REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTODE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
200 ° y 151 °
ASUNTO: SP01-L-2010-000511
PARTE DEMANDANTE: PORFILIO PABON FLORES identificado con la cédula Nro.5.642.946
APODERADO JUDICIAL: ENNY ROSALES MENDEZ Y MARIA CRISTINA VEGA URIBE e inscrita en el I.P.S.A. bajo los Nros.58.823 y 59.661.
PARTE DEMANDADA: DANIEL FIGUEROA BERNARDINELLA, C.I.13.467.844
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS VARGAS UZCATEGUI, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.105.005 Y GERARDO JOSE MORA PEREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.101.766,
En el día de hoy, cinco de octubre 2010, siendo las 2:30 de la tarde, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar se hizo presente por la parte actora la apoderada judicial abogada ENNY ROSALES de MENDEZ inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 58.823 y por la parte demandada se hizo presente el apoderado judicial abogado GERARDO JOSE MORA PEREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.101.766, quienes a los fines de dar por terminada la presente causa expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de VEINTIUN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.21.200,oo) pagaderos de la siguiente manera: 1.-La suma de Bs. 5.300,oo para el día 29 de octubre de 2010, 2.-La suma de Bs.5.300 para el día 30 de noviembre de 2010, 3.-La suma de Bs.5.300 para el día 16 de diciembre de 2010 y 4.-La suma de Bs.5.300 para el día 19 de enero de 2011. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado, LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se expide copia certificada de la presente acta. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. Ana Mercedes Mora R.
La Parte Actora, La Parte Demandada,
La Secretaria,
|