En horas de Despacho de hoy LUNES VEINTICINCO (25) de Octubre de dos mil Diez, siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto las Medidas de ENTREGA DE INMUEBLE decretada por el Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el juicio que por DESALOJO sigue ANGEL BOZO PEREZ contra CECILIA BEATRIZ SANCHEZ RIVERA. Se trasladó y constituyó el Tribunal en el sitio señalado por el abogado LUIS SOLARTE, Inpreabogado No. 58.803, Apoderado Judicial del tercero opositor ciudadano ALTAMIR ENRIQUE ACEVEDO SARCO, titular de la cedula de identidad No. V.- 9.729.133, específicamente en un local comercial, signado bajo el No.10-63, ubicado la calle No. 99, antes comercio, del casco central (callejón de los pobres). Parroquia Bolívar, Municipio Maracaibo del Estado Zulia (antes Parroquia Santa Bárbara). Seguidamente y una vez presente el Tribunal en el sitio señalado se procedió a notificar a la ciudadana, NERELITZA CHIQUINQUIRA MACIAS DE ZAMORA titular de la cedula de identidad No. V.- 13.005.531, quién manifestó ser ENCARGADA del referido local objeto de la presente medida y debidamente asistida en este acto por la abogada TISTA DEL CARMEN GOMEZ ROMERO DE T., Inpreabogado No. 48.435, y a quién se impuso del motivo de la presencia del tribunal. En este estado presente el apoderado judicial del tercero opositor, expuso: “Pido a este Tribunal que una vez llevada la notificación correspondiente, proceda a darle cumplimiento a la Medida decretada por el Tribunal de la causa y para tal efecto designe Perito a fin de la identificación del inmueble objeto de esta medida, asimismo solicito se me haga formal entrega y me ponga en posesión del inmueble objeto de la presente medida en mi carácter de Apoderado Judicial del tercero opositor”. Vista la exposición, este Tribunal procede a designar Perito al ciudadano NILO ENRIQUE PORTILLO FEREIRA, titular de la Cédula de Identidad Número V-9.754.028 y quién una vez impuesto del cargo recaído en su persona, expuso: “Acepto el cargo para el cual he sido designado”. Seguidamente les fue tomado el Juramento de Ley de la manera siguiente: ¿Ciudadano NILO ENRIQUE PORTILLO FEREIRA, jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo para el cual ha sido designado? Contesto: “Si lo juro”. En este estado presente el Perito: Trátese de un local comercial, identificado con el nombre de TIENDAS PETROFF, signado bajo el No. 10 - 63, ubicado la calle No. 99, antes


comercio, del casco central (callejón de los pobres). Parroquia Bolívar, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, (antes Parroquia Santa Bárbara) y cuyos linderos son NORTE, Su frente, calle No. 99; SUR, Su fondo, con propiedad que es o fue de LUIS BRACHO BOSCAN y otros, hoy local No. 474000 identificado con el nombre EL TOPOCHO; ESTE, Propiedad de Emiro Antonio Pérez Luzardo, hoy Local No. 10-55 identificado con el nombre de edificio B&B y OESTE, Con propiedad que es o fue de GUILLERMO QUINTERO LUZARDO, hoy Local No. 10-67 identificado con el nombre de LA GRAN CASA, C.A. Dicho inmueble consta de: Tres plantas, PRIMERA PLANTA: Un solo ambiente, un área para ascensor y una sala sanitaria y esta caracterizado por: Techos de platabanda, paredes de bloque frisadas y pintadas con cerámica en parte, pisos de granito y cerámica, puerta de metal (Santamaría) y escalera. SEGUNDA PLANTA: Un solo ambiente, una habitación y un área para ascensor, y esta caracterizado por: Techos de platabanda, paredes de bloque frisadas y pintadas y metal en partes, pisos de granito, ventanas de aluminio y vidrio y escalera. TERCERA PLANTA: Un solo ambiente, un área para ascensor y esta caracterizado por: Techos de platabanda, paredes de bloque frisadas y pintadas con bloques ornamentales, pisos de granito y escalera. Con sus instalaciones eléctricas, aguas blancas y aguas negras. Todo en regular estado de conservación. Seguidamente y por cuanto es el mismo bien inmueble que aparece identificado en la comisión conferida, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE FORMALMENTE ENTREGA DEL INMUEBLE ANTERIORMENTE IDENTIFICADO AL CIUDADANO LUIS ERNESTO SOLARTE HUERTA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N’ V – 6.831.595, EN SU CARÁCTER DE APODERADO JUDICIAL DEL TERCERO OPOSITOR. Y ASI SE CONFIRMA. Se deja constancia que la ciudadana NERELITZA CHIQUINQUIRA MACIAS DE ZAMORA, antes identificada y parte notificada manifestó que tenia un mes en el local como encargada del negocio y que la referida mercancía pertenecía al ciudadano ANGEL BOZO PEREZ, quién era su jefe, igualmente los bienes muebles que se encontraban en el interior del local objeto de la presente medida fueron llevados al sitio indicado por la notificada en transporte proporcionado por la parte actora. En este sentido este honorable Tribunal deja


constancia que previo acuerdo de las partes y visto como es que existen unas estructuras que es imposible desocuparlas en este acto y en este momento dado el trafico peatonal que se encuentra en el área, es por esto que las mismas decidieron realizar un inventario a cargo del ciudadano perito designado por este Tribunal, quién menciona las mismas de la siguiente forma: 1)OCHO (8) estantes de metal 2) Dos (2) gabinetes de madera dañados 3) DOS (2) colchonetas, 4) Una (1) banqueta de hierro 5) SEIS (6) cestas de hierro 6) CUATRO (4) burros de metal para ropa 7) DOS (2) cestas pequeñas 8) DOS (2) burros rectangulares para ropa 9) Un (1) burro para correa; dichas estructuras serán retiradas en el momento de dictada la sentencia si ese fuese el caso. En este estado presente el apoderado judicial del Tercero opositor, expuso: “ En nombre de mi representado manifiesto haber recibido en este acto el inmueble objeto de la presente medida a mi entera satisfacción y en las condiciones mencionadas. Asimismo para el momento de la presente ejecución se contó con la custodia de los funcionarios de la Policía Regional oficial Técnico primero No.3501 ALEXIS VARGAS, oficial técnico segundo No. 0580 OCTAVIO BELLOSO, oficial técnico primero No. 1499 VICTOR CASTEJON y oficial Mayor No. 0588 JOSE DAVILA.. Siendo las TRES DE LA TARDE (3:00 PM) se cierra la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ : EL APODERADO JUDICIAL
DEL TERCERO OPOSITOR/
POSESIONADO:
ABOG. GUILLERMO INFANTE

LA NOTIFICADA Y SU
ABOGADA ASISTENTE: EL PERITO:



LA SECRETARIA




Comisión No. 4737-10
Exp. 2128