REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
200 ° y 151 °
ASUNTO: SP01-L-2010-0000465
PARTE DEMANDANTE: ROXANA BLANCO CABALLERO, colombiana, identificada con la cédula de ciudadanía E-81.810.196.
APODERADO JUDICIAL: JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL Inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 111.036.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA ANTONIO JOSE DE SUCRE.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ARIANA IACOBUCCI ROSALES, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.49.205.
En el día de hoy, (28) de septiembre de 2010, siendo las 2:45 de la tarde, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar, se encuentra presente la parte actora, ciudadana ROXANA BLANCO CABALLERO, colombiana, identificada con la cédula de identidad E-81.810.196, asistida por la abogada FANNY DUNLLIN LIMA GAMEZ Inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.73.645, y por la parte demandada se hizo presente la Jefe de Recursos Humanos Magaly Celina Silva, identificada con la cédula nro.V-9.211.019 y la apoderada judicial abogada ARIANA IACOBUCCI ROSALES, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.49.205. Seguidamente ambas partes a los fines de dar por terminada la presente causa expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.18.295,92) pagaderos de la siguiente manera: 1,- Bs.6.098,64 para el día 15 de octubre de 2010, 2.-Bs.6.098,64 el día 29 de octubre de 2010, y 3.- Bs.6.098,64 el día 15 de noviembre de 2010, todos en la sede del Tribunal a las 9:00 de la mañana. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que una vez cumplida la obligación contraída no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. Acto seguido el Tribunal, visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Amabas partes reciben las pruebas promovidas Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. Ana Mercedes Mora R.
La Parte Actora, La parte demandada,
La Secretaria,
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