REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (18) de Abril del año dos mil once (2011).-

201º y 152º

Vista la anterior solicitud presentada por el Abg. ELOY JOSE ZANCUDO GRILLO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.485, mediante la cual solicitó se le expida copia certificada mecanografiada de la solicitud signada con el N° 1939, del Asiento No. 15, del Libro Diario, Tomo XI, año 1989-1990, de fecha 05-03-1990, Folio 111, Página 221, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena la expedición de la copia mecanografiada certificada de la solicitud signada con el N° 1939, del Asiento No. 15, del Libro Diario, Tomo XI, año 1989-1990, de fecha 05-03-1990, Folio 111, Página 221, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL

CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7634-11




Quien suscribe, MERLY VILLARROEL, Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. CERTIFICA: Que la copia que a continuación se transcribe es traslado fiel y exacto de su original, que la contiene en todas y en cada una de sus partes la cual corresponde a la solicitud signada con el N° 1939, del Asiento No. 15, del Libro Diario, Tomo XI, año 1989-1990, de fecha 05-03-1990, Folio 111, Página 221, el cual copiado a la letra es del tenor siguiente:
“Se instruyó Título Supletorio a favor de AGUSTIN FERNANDEZ DE SOUSA, sobre unas bienhechurías que se encuentran ubicadas en la Urbanización Granjas de Carayaca, Parroquia Carayaca del Municipio Vargas del Distrito Federal, por un valor de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00), redactó el abogado OMAR NOTTARO, Inpreabogado N° 22.920, fueron testigos ANTONIO DE ANDRADE y FERNANDO PINTO, titulares de la de las cédulas de identidad números E-81.057.035 y E- 81.056.768” Hasta aquí la trascripción. En Maiquetía, a los (18) días del mes de Abril del año dos mil once (2011).-
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (18) de Abril del año dos mil once (2.011).-
201° y l52°

Resuelta la presente solicitud, constante de cinco (05) folios útiles, devuélvase al solicitante. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL



CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7634-11