REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (07) de Abril del año dos mil once (2011).-

200º y 152º

Vista la anterior solicitud presentada por la Abg. JUDITH FAJARDO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 104.623, mediante la cual solicitó se le expida copia certificada mecanografiada de la solicitud signada con el N° 1232-05, del Asiento No. 26, del Libro Diario, Tomo LVIII, año 2005, de fecha 13/10/2005, Folio 49, Página 97, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena la expedición de la copia mecanografiada certificada de la solicitud signada con el N° 1232-05, del Asiento No. 26, del Libro Diario, Tomo LVIII, año 2005, de fecha 13/10/2005, Folio 49, Página 97, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL

CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7630-11




Quien suscribe, MERLY VILLARROEL, Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. CERTIFICA: Que la copia que a continuación se transcribe es traslado fiel y exacto de su original, que la contiene en todas y en cada una de sus partes la cual corresponde a la solicitud signada con el N° 1232-05, del Asiento No. 26, del Libro Diario, Tomo LVIII, año 2005, de fecha 13/10/2005, Folio 49, Página 97, el cual copiado a la letra es del tenor siguiente:
“Justificativo de Testigos. Francisco Jiménez. Se declaró Título de Justificativo de Testigo, conforme al artículo 936 del Código de Procedimiento Civil” Hasta aquí la trascripción. En Maiquetía, a los (07) días del mes de Abril del año dos mil once (2011).-
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL









REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (07) de Abril del año dos mil once (2.011).-
200° y l52°

Resuelta la presente solicitud, constante de diecinueve (19) folios útiles, devuélvase a la solicitante. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL



CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7630-11