REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO

REPUBLICA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Táriba, 29 de ABRIL de 2011.
200° y 151°

Vista la solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la Ciudadana ANA MARIA GUERRERO venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.664.751, y hábil, asistida por la Abogada NUBIAN GUERRERO venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-9.210.837, inscrita en el IPSA bajo el N° 31.138, y oídas las declaraciones de los Ciudadanos: JOSE ELOY HERNANDEZ ROA Y MARIA ESTHER CHACON DE VARGAS; ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara bastantes y suficientes los recaudos consignados con la solicitud, los cuales han sido debidamente analizados y ponderados, para asegurarle a los ciudadanos: ANA MARIA GUERRERO Y SIXTO JOSE CARDENAS venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.664.751 y V-5.644.898, el CARÁCTER DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del decujus: JOSE LEONARDO CARDENAS GUERRERO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-14.042.271, fallecido el 10 de Octubre del 2010, hijo de los ciudadanos antes identificados.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR,

ABG. LUISA MEDINA

LA SECRETARIA

ABG. MARISOL MALDONADO
En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA SECRETARIA,
GR
ABG. MARISOL MALDONADO






La suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en la solicitud N° 5165-2011 de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, llevado por este Tribunal. Táriba, 29-04-2011.
LA SECRETARIA,

ABG. MARISOL MALDONADO
GR