REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO

REPUBLICA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Táriba, 06 de ABRIL de 2011.
200° y 151°
Por recibido con oficio N° 329 de fecha 28-03-2011, constante todo de (27) folios útiles por DECLINATORIA DE COMPETENCIA del Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada en el Libro respectivo y el curso de ley correspondiente.
En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, y por autoridad de la Ley declara bastantes y suficientes los recaudos consignados con la solicitud los cuales han sido debidamente analizados y ponderados, para asegurarle a los ciudadanos ROSA ALBA DELGADO DE RINCON, DIOGENES DELGADO GUERRERO, ANA GLADIS DELGADO DE COLMENARES, HECTOR JULIO DELGADO GUERRERO Y LIEBANO JOSE DELGADO GUERRERO venezolanos, titulares de las cédulas de identidad No. V-8.095.457, V-1.543.328, V-1.551.930, V-2.548.492 y V-2.892.216 y hábiles, el CARÁCTER DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la decujus ROSA ELBA GUERRERO DE DELGADO, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-154.143.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. LA JUEZ TITULAR,

ABG. LUISA MEDINA

LA SECRETARIA

ABG. MARISOL MALDONADO


En la misma fecha se le da entrada bajo el N° 5148-2011 en el LIBRO DE SOLICITUDES LLEVADO POR ESTE TRIBUNAL.
LA SECRETARIA,

ABG. MARISOL MALDONADO
GR



La suscrita secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en la solicitud N° 5148-2011 de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, llevado por este Tribunal. Táriba, 06-04-2011.
LA SECRETARIA,

ABG. MARISOL MALDONADO
GR



REPUBLICA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Táriba, 06 de ABRIL de 2011.
200° y 151°
Por recibido con oficio N° 329 de fecha 28-03-2011, constante todo de (27) folios útiles por DECLINATORIA DE COMPETENCIA del Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada en el Libro respectivo y el curso de ley correspondiente.
En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, y por autoridad de la Ley declara bastantes y suficientes los recaudos consignados con la solicitud los cuales han sido debidamente analizados y ponderados, para asegurarle a los ciudadanos ROSA ALBA DELGADO DE RINCON, DIOGENES DELGADO GUERRERO, ANA GLADIS DELGADO DE COLMENARES, HECTOR JULIO DELGADO GUERRERO Y LIEBANO JOSE DELGADO GUERRERO venezolanos, titulares de las cédulas de identidad No. V-8.095.457, V-1.543.328, V-1.551.930, V-2.548.492 y V-2.892.216 y hábiles, el CARÁCTER DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la decujus ROSA ELBA GUERRERO DE DELGADO, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-154.143.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. LA JUEZ TITULAR,

ABG. LUISA MEDINA

LA SECRETARIA

ABG. MARISOL MALDONADO


En la misma fecha se le da entrada bajo el N° 5148-2011 en el LIBRO DE SOLICITUDES LLEVADO POR ESTE TRIBUNAL.
LA SECRETARIA,

ABG. MARISOL MALDONADO
GR



La suscrita secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en la solicitud N° 5148-2011 de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, llevado por este Tribunal. Táriba, 06-04-2011.
LA SECRETARIA,

ABG. MARISOL MALDONADO
GR