En el día de hoy jueves siete de abril de dos mil once, siendo las 2:00 de la tarde, se trasladó y luego de recorrer aproximadamente cien metros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la calle 2 entre carreras 5 y 6 local N° 5-38 de la ciudad de La Grita, jurisdicción del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de dar cumplimiento a la Comisión de Inspección Ocular ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 23 de marzo de 2011, que guarda relación con la Solicitud N° 1615, gestionada por los ciudadanos acá presentes: César Orlando Vásquez Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-2.893.633 y Gladys Cecilia Nieto de Vásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-3.191.621, asistidos por el abogado en ejercicio: Eladio Roberto Rosales Mora, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-2.812.523, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 72.136. Se notificó de la presencia del Tribunal y de su objeto al ciudadano: Samuel Orlando Mogollón Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.763.708, se le informó el derecho en el que está de hacerse asistir de algún abogado de su confianza o se comunique con alguna persona que tenga interés en las resultas de esta comisión y éste por sí o por medio de apoderados haga acto de presencia. Acto seguido se nombró como experto fotográfico al ciudadano: Sánchez Rondón Carlos David, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.339.903, quien impuesto de sus deberes y derechos aceptó el nombramiento y prestó el juramento de ley. En este estado pidió el derecho de palabra la parte solicitante y lo quieren hacer a través de su abogado asistente y en uso del mismo expone: Pido a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares a que se refieren los numerales del escrito de solicitud que rielan al folio dos del expediente. El Tribunal procede a pronunciarse sobre los particulares solicitados y lo hace en los siguientes términos: Al PRIMERO: El Tribunal deja constancia que en el inmueble in comento funciona un fondo de comercio denominado “Mogollón Hogar” según se evidencia del aviso publicitario visible en la fachada del mismo y del RIF presentado por el notificado signado con el número V-13763708-8. Al SEGUNDO: El Tribunal se entrevistó con el ciudadano Samuel Orlando Mogollón Rojas y el mismo manifestó que es arrendatario del local donde está constituido el Tribunal, desde hace aproximadamente cuatro años, es todo. Al TERCERO: el Tribunal deja constancia que se observan vestigios de filtraciones de agua dado el estado de la pintura y la capa protectora del machihembré la cual presenta deterioro aparentemente debido al agua pluvial que se subsume desde la parte exterior del techo; otros indicios de abundante humedad es la proliferación de plantas y musgo en el canal de desagüe ubicado al frente del local y en el patio trasero del inmueble, así como la corrosión de que es objeto las bisagras y el metal de la parte inferior de la puerta de acceso, es todo. Al CUARTO: El Tribunal deja constancia que se dejó evidencia fotográfica que documenta lo descrito anteriormente y para ello se utilizó una cámara fotográfica Marca CANON, modelo PowerShot A480, serial N° 9022000574, de fabricación Malaya. A los fines de documentar gráficamente lo evidenciado en esta inspección ocular se le concede al experto fotográfico un plazo de 72 horas para que consigne las mismas. No habiendo más puntos sobre el cual pronunciarse el Tribunal da por cumplida la comisión. El secretario da lectura al acta y deja constancia que la presente inspección no genero gastos, ni tasas, ni aranceles, ni emolumento alguno, a favor de este Tribunal por las actuaciones aquí realizadas por eso fue totalmente gratuita. El acto culminó a las 3:25 p.m. Es todo, terminó, se leyó y se firmó en señal de conformidad, no haciéndolo el notificado por negarse.
La Juez,


Abog. Gloria Lucía Ríos Rendón.-
Los Solicitantes,

César Orlando Vásquez Sánchez

Gladys Cecilia Nieto de Vásquez
El Abogado asistente de la parte solicitante,

Eladio Roberto Rosales Mora
El Notificado,
SE NEGÓ A FIRMAR
Samuel Orlando Mogollón Rojas
El Experto Fotográfico,

Sánchez Rondón Carlos David
El Secretario,

Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.