REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Verificado el cumplimiento de condiciones impuestas con ocasión a la suspensión condicional del proceso, en la causa seguida contra el acusado GERMAN ESCALANTE, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº 5.282.733, nacido el 29/09/1955, residenciado en Rubio, Barrio San Diego, Av. 17, casa N° 18/111, estado, Táchira; por la comisión de los delitos de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° del Código Penal, en perjuicio de ZULAY MARGARITA BARRERA SUAREZ; y LESIONES CULPOSAS LEVES previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio de GUILLERMO ARTURO PINZON MALDONADO; este Tribunal para decidir considera

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN

Este Tribunal, observa que en fecha 01 de junio de 2006, se celebró audiencia preliminar donde fue decretada a favor del acusado GERMAN ESCALANTE, la suspensión condicional del proceso, imponiéndoles como condición las siguientes obligaciones: 1.- Presentarse una vez cada noventa días ante la oficina de alguacilazgo.

Ahora bien, verificado el cabal cumplimiento de las condiciones impuestas, lo cual se desprende del record de presentaciones del acusado que consta a los folios 155 y 156, donde se evidencia las presentaciones ante la oficina de alguacilazgo; y habiendo transcurrido el régimen de prueba establecido en la audiencia preliminar celebrada en fecha 01 de junio de 2006, es por lo que este Juzgador declara la extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia se decreta el sobreseimiento de la causa; a favor del acusado GERMAN ESCALANTE; por la comisión de los delitos de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° del Código Penal, en perjuicio de ZULAY MARGARITA BARRERA SUAREZ; y LESIONES CULPOSAS LEVES previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio de GUILLERMO ARTURO PINZON MALDONADO; cesando así las condiciones bajo las cuales se decretó la suspensión condicional del proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.

DISPOSITIVO

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Ocho del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:

PRIMERO: Decreta la extinción de la acción penal de la causa seguida a GERMAN ESCALANTE, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº 5.282.733, nacido el 29/09/1955, residenciado en Rubio, Barrio San Diego, Av. 17, casa N° 18/111, estado Táchira; por la comisión de los delitos de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° del Código Penal, en perjuicio de ZULAY MARGARITA BARRERA SUAREZ; y LESIONES CULPOSAS LEVES previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio de GUILLERMO ARTURO PINZON MALDONADO; de conformidad con el numeral 7 del artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 45 eiusdem.

SEGUNDO: Se decreta el sobreseimiento de la causa a GERMAN ESCALANTE, por la comisión de los delitos de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° del Código Penal, en perjuicio de ZULAY MARGARITA BARRERA SUAREZ; y LESIONES CULPOSAS LEVES previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio de GUILLERMO ARTURO PINZON MALDONADO.

Regístrese, déjese copia, a los fines de ser archivada en el copiador de decisiones llevado en el Tribunal.




ABG. ELISEO JOSE PADRON HIDALGO
JUEZ OCTAVO EN FUNCIÓN DE CONTROL




ABG. DARCY ORTIZ MACEA
SECRETARIA

8C-6342-05