REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 07 de Abril de 2011
200° y 152°

Visto el escrito de solicitud de TITULO SUPLETORIO que encabeza éstas actuaciones, presentado personalmente por DOMINGO NAVARRO ALMENARA, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº V-1.457.471, asistido por ELIAS GAGO ORTIZ, abogado en ejercicio e inscrito bajo el Inpreabogado Nº 88.397, así como los recaudos que lo acompañan, este Tribunal lo admite en cuanto ha lugar en derecho y por cuanto el Decreto Régimen Sobre Autorización de Operaciones de Enajenación, Disposición y Afectación de Terrenos Ejidos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 36.902, de fecha 29 de febrero de 2000, mediante el cual en su único aparte del Artículo 1°, establece textualmente lo siguiente:
“No requerirán de la Autorización indicada las operaciones relativas a las bienhechurias propiedad de particulares construidas o levantadas sobre terrenos municipales, si el Título originario de adquisición de los derechos es anterior al Decreto de fecha treinta de agosto de mil novecientos noventa y nueve, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 36.776, sobre Regulación de las Funciones del Poder Legislativo”.
Este Tribunal observa, que el documento que acompaña a la solicitud: copia de las cédulas de identidad, croquis de ubicación, acta de matrimonio, numero telefónico, cartas de residencias, poder apud acta, copia certificada de titulo supletorio evacuado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Departamento Vargas y debidamente protocolizado por ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Estado Vargas, de fecha 21 de junio de 1967, bajo el No. 35, folio, 119, protocolo 1º, Tomo 2, se ordena examinar como testigos a dos (02) personas, quienes serán evacuadas en la oportunidad que de acuerdo a la capacidad del tiempo de Despacho sea disponible en este Juzgado.
LA JUEZ,

NAHIROBY C. BOSCAN P
LA SECRETARIA

ELIA GONZALEZ



Sol-2881-11
NCBP/EG/Neulys