REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer del estado Táchira
San Cristóbal, 28 de abril de 2011
AÑOS: 201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2010-000446
ASUNTO : SP21-S-2010-000446
ACTA DE INHIBICIÓN
Consta en las actuaciones de la causa signada con la nomenclatura de este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas en Funciones de Control de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal con el número SP21-S-2011-446, que la misma es seguida contra el ciudadano CACERES CHACON MARCO AURELIO, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la niña V.Y.Z.J.
Ahora bien, en fecha 03-03-2011 dicté decisión mediante la cual negué el Sobreseimiento de la Causa planteado por la Representación Fiscal a favor del precitado imputado, en la cual entre otras cosas expresé lo siguiente: “ Ahora bien respecto del resultado del examen médico Forense no es necesario, que en dicho examen la víctima haya tenido que presentar alguna lesión en el cuerpo o parte intima para que se encuentre configurado el delito de Actos Lascivos, considerando quien aquí decide que lo analizado anteriormente son elementos concordantes que no fueron suficientemente investigados por la Fiscal del Ministerio Público a los fines de la presentación del acto conclusivo, elementos estos que son a juicio de este Juzgadora, elementos serios para presentar un escrito de acusación; considerando además que debió investigarse exhaustivamente el presente caso”, lo cual constituye causal de inhibición tal como lo dispone el artículo 86 numeral 7°, del Código Orgánico Procesal Penal, motivo por el cual procedo a INHIBIRME de conocer la presente causa, por encontrarme incurso en dicha causal, según lo establecido en el artículo 87 ejusdem.
De conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se acuerda remitir la presente causa al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y copia certificada de todo lo relacionado con la inhibición propuesta a la Corte de Apelaciones. Líbrense los oficios correspondientes.
ABG. PEGGY MARIA PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS NÚMERO UNO
DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
San Cristóbal, 28 de abril de 2011
201° y 152°
OFICIO N° 1C-________-11
Ciudadana
Abg. Dorelys Barrera
Jueza Segunda en Funciones de Control, Audiencias y Medidas de
Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.
Su Despacho.-
Tengo a bien dirigirme a Usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, la causa signada con nomenclatura de este Tribunal con el N° SP21-S-2011-000446, constante de ________ ( ____) folios útiles, en virtud de la inhibición propuesta en este misma fecha, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
ABG. PEGGY MARIA PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS
Anexo lo indicado
Causa Penal N° SP21-S-2011-000446
PMPDA/ap.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS NÚMERO UNO
DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
San Cristóbal, 28 de abril de 2011
201° y 152°
OFICIO N° 1C-_______-11
Ciudadano:
Presidente de la Corte de Apelaciones del
Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.
Su Despacho.-
Tengo a bien dirigirme a Usted, en la oportunidad de remitirle anexas al presente oficio, copias certificadas de las actuaciones relacionadas con la inhibición interpuesta en la causa signada con nomenclatura de este Tribunal con el N° SP21-S-2011-000446, constante de XXXX (XXXX) folios útiles, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Remisión que hago a los fines legales consiguientes,
ABG. PEGGY MARIA PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS
Anexo lo indicado
Causa Penal N° SP21-S-2011-000446
PMPDA/ap.