REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, cuatro (04) de Abril del dos mil once (2011)
200° y 152°
ASUNTO N° WP11-L-2008-000313
Vista el acuerdo, presentado por el Ciudadano LUIS ROJAS, en su carácter de Representante Legal de la empresa demandada “INVERSIONES ALERUAN”, asistido por la Profesional del Derecho VALENTINA RODRIGUEZ, por una parte; y por la otra, la ciudadana NORELIS LOPEZ, titular de la cèdula de identidad Nº 14.768.956, asistida por el profesional del derecho CARLOS MORANTES, por cuanto la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; y tiende a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes; igualmente, por cuanto la referida Transacción comprende los derechos involucrados y una relación circunstanciada de los hechos que la motivan, asimismo, no es contraria a derecho, y se adapta a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por la Sala Social de nuestro Tribunal Supremo de Justicia; este Juzgado de conformidad con lo previsto en el nùmero 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 255, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 3° Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo y 11 de su Reglamento, y por autoridad de la Ley declara: Por cuanto no se vulneraron derechos irrenunciables la Ciudadana NORELIS LOPEZ, identificada ut supra, ni normas de orden público, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada. Por consiguiente, declara terminado el asunto e igualmente ordena el cierre y el archivo del expediente. Asimismo. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ TEMPORAL
Dra. BELKYS ARAQUE
LA SECRETARIA
Abg. MAGJOHLY FARIAS
Partes: NORELIS MERCEDES LOPEZ DE MADRID vs. INVERSIONES ALERUAN
Motivo: TRANSACCIÓN
BA/MF/pm
WP11-L-2008-000313
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