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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (03) de Agosto del año dos mil once (2011).-
 
 201º  y  152º
 
 Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana GUILLERMINA LAMON AROCHA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V -5.146.353, debidamente asistido por la Abg. AYSKEL COELLO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 93.294, mediante la cual solicitó se le expida copia certificada mecanografiada del Expediente signado con el N° 1907-06, del Asiento N° 43, del Libro Diario, Tomo LIX, año 2006, de fecha 09-05-2006, Folio (156) vto., Pág. 312, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena la expedición de la copia mecanografiada certificada de la solicitud signada con el N° 1907-06, del Asiento N° 43, del Libro Diario, Tomo LIX, año 2006, de fecha 09-05-2006, Folio (156) vto., Pág. 312, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
 EL JUEZ,
 
 Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
 LA SECRETARIA,
 
 Abg. MERLY VILLARROEL
 
 CEOF/mv/Carla.-
 Sol. Nº 7671-11
 
 
 
 
 
 Quien suscribe, MERLY VILLARROEL, Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. CERTIFICA: Que la copia que a continuación se transcribe es traslado fiel y exacto de su original, que la contiene en todas y en cada una de sus partes la cual corresponde a la solicitud signada con el N° 1907-06, del Asiento N° 43, del Libro Diario, Tomo LIX, año 2006, de fecha 09-05-2006, Folio (156) vto., Pág. 312, el cual copiado a la letra es del tenor siguiente:
 “Titulo Supletorio. GUILLERMINA LAMON. Se declaró Titulo supletorio, conforme al artículo 937 del C.P.C.” Hasta aquí la trascripción. En Maiquetía, a los (03) días del mes de Agosto del año dos mil once (2011).-
 LA SECROETARIA,
 
 Abg. MERLY VILLARROEL
 
 
 
 
 
 
 
 
 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (03) de Agosto del año dos mil once (2011).-
 201° y l52°
 
 Resuelta la presente 	solicitud, constante de (05) folios útiles, devuélvase a la solicitante. Cúmplase.-
 EL  JUEZ,
 
 Abg.  CARLOS E. ORTIZ F.
 LA SECRETARIA,
 
 Abg. MERLY VILLARROEL
 
 
 
 CEOF/mv/Carla.-
 Sol. Nº 7671-11
 
 
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