REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
201° Y 152°
En fecha 27/06/2011, este Tribunal Superior publicó sentencia definitiva en el expediente con nomenclatura Nro 2283, contentivo del Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano Jorge Luis Parra Rivera. Titular de la cedula de identidad N° V-9.479.175, en su carácter de apoderado del ciudadano Miguel Ángel Quintero Silva, titular de la cedula de identidad N° V-867.518, en su condición de propietario del Fondo de Comercio denominado LICORERIA EL MARINO, contra de la República Bolivariana de Venezuela, sin embargo de la revisión oficiosa del expediente se pudo constatar que por error involuntario se indicó como periodo el siguiente:
SE ORDENA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
EMITIR UNA PLANILLA
(Multas)
U.T. PERIODO
12,5
01/02/2009 al 28/02//2009
Siendo lo correcto:
SE ORDENA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
EMITIR UNA PLANILLA
(Multas)
U.T. PERIODO
12,5
01/08/2007 al 31/08//2007
Por tal razón, este Tribunal, de conformidad con las potestades que le confiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, por ser el Juez el director del proceso hasta cuando llegue a su conclusión, en atención al artículo 206 ejusdem, y con fundamento en los autos de corrección emitidos por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 14/10/2003 y 06/12/2004, procede a la corrección del error material que se apuntó por ser de naturaleza formal. Así se decide.
DECISIÓN
EN LOS TÉRMINOS ANTES EXPUESTOS, ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN LOS ANDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY:
1.- CORRIGE EL ERROR MATERIAL EN QUE SE INCURRIÓ: fallo de fecha 26 de julio de 2011, en cuanto al señalamiento del periodo 01/02/2009 al 28/02//2009 siendo lo correcto:
SE ORDENA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
EMITIR UNA PLANILLA
(Multas)
U.T. PERIODO
12,5
01/08/2007 al 31/08//2007
2.- TÉNGASE LA PRESENTE CORRECCIÓN como parte integrante de la sentencia de este Tribunal registrada bajo el número 270-2011, en el expediente N° 2042, de fecha 26/07/2011.
3.- NOTIFÍQUESE al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, para lo cual se comisiona a la Unidad de Recepción Distribución de Documentos de los Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, al tercer (03) día del mes de agosto de dos mil once (2011). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
ANA BEATRIZ CALDERÓN SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR
MIGUEL JOEL ANTELIZ SALAS
SECRETARIO ACCIDENTAL
Exp. 2283
ABCS/Dyum
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