REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIALDEL ESTADO VARGAS
201º y 152º
SOLICITANTE: ELADIA ESPAÑA DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.097.627.
ABOGADA ASISTENTE: MARITZA GONZALEZ RODRIGUEZ, con inscripción en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 105.520.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITUD: Nº 4008-11
I
Se inician las presentes actuaciones mediante escrito presentado por la ciudadana ELADIA ESPAÑA DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.097.627, debidamente asistida por la abogada MARITZA GONZALEZ RODRIGUEZ, con inscripción en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 105.520, mediante la cual solicita se declare a ella y a los ciudadanos ELSA CECILIA RODRIGUEZ ESPAÑA, MARCELO RODRIGUEZ NUÑEZ, ANGEL ROSENDO RODRIGUEZ ESPAÑA, TOMASA RODRIGUEZ DE MARTINEZ, NELLY RODRIGUEZ ESPAÑA, ELEAZAR RODRIGUEZ ESPAÑA, LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ ESPAÑA, RAIZA JOSEFINA RODRIGUEZ ESPAÑA, PEDRO JOSE RODRIGUEZ ESPAÑA, TIBISAY RODRIGUEZ ESPAÑA Y ANIBAL RODRIGUEZ ESPAÑA, como Únicos y Universales Herederos, respecto al De-Cujus PEDRO PABLO RODRIGUEZ DELGADO, quien falleció en fecha veintidós (22) de Mayo de dos mil diez (2010), quien en vida fuera titular de la cedula de identidad Nº V-301.945, todo de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha Catorce (14) de Enero de dos mil once (2011), se recibe la presente solicitud, previa distribución de Ley.
En fecha Dieciocho (18) de Enero de dos mil once (2011), el Tribunal da entrada a la presente solicitud.
En fecha veintiocho (28) de Enero de dos mil once (2011), comparecen la parte solicitante y su abogado asistente y consignan a los autos recaudos referentes a la presente solicitud.
En fecha nueve (09) de Febrero de dos mil once (2011), es admitida la presente solicitud, en virtud de haberse cumplido con los requisitos de Ley.
En fecha Veintiuno (21) de julio de dos mil once (2011), comparecen la parte solicitante y su abogado asistente a los fines de consignar se fije oportunidad para evacuar los testigos en la presente solicitud.
En fecha Veinticinco (25) de Julio de dos mil once (2011), el Tribunal fija el tercer (3er) día de despacho para la evacuación de los testigos.
En fecha Veintiocho (28) de Julio de (2011), los ciudadanos IRIS MILAGROS ORTEGA MONTIEL Y HEIDI RAQUEL AGUILERA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad de este domicilio y portadores de las cedulas de identidad números: V-7.998.126 y V-13.043.074, respectivamente, rindieron sus respectivas declaraciones.
Siendo esta la oportunidad para resolver, este Tribunal observa:
Revisadas las actas procesales, el Tribunal constata que cursa en autos los siguientes elementos probatorios:
Copia de la Cédula de Identidad del ciudadano PEDRO PABLO RODRIGUEZ DELGADO.
Acta de Defunción del ciudadano PEDRO PABLO RODRIGUEZ DELGADO, expedida por ante la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil Parroquia Caraballeda.
Copia de la Cédula de Identidad de la ciudadana ELADIA ESPAÑA DE RODRIGUEZ.
Acta De Matrimonio de los ciudadanos PEDRO PABLO RODRIGUEZ DELGADO Y ELADIA ESPAÑA.
Copia de la cedula de identidad de la ciudadana ELSA CECILIA RODRIGUEZ ESPAÑA.
Acta de Nacimiento de la ciudadana ELSA CECILIA, expedida por la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, Prefectura de Caracas, Jefatura Civil de San Juan.
Copia de la Cedula de Identidad del ciudadano MARCELO RODRUIGEZ ESPAÑA.
Acta de Nacimiento del ciudadano MARCELO, expedida por ante la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil Parroquia Caraballeda.
Acta de defunción del ciudadano MARCELO RODRIGUEZ ESPAÑA, expedida por la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, Prefectura de Caracas, Jefatura Civil de San Juan.
Copia del comprobante de la cédula de identidad del ciudadano MARCELO RODRIGUEZ NUÑEZ.
Acta de Nacimiento del ciudadano MARCELO RODRIGUEZ ESPAÑA, expedida por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas.
Copia del Pasaporte del ciudadano MARCELO RODRIGUEZ ESPAÑA.
Copia de la Cédula de identidad del ciudadano ANGEL ROSENDO RODRIGUEZ ESPAÑA.
Acta de Nacimiento del ciudadano ANGEL ROSENDO, expedida por ante la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil Parroquia Caraballeda.
Copia de la Cédula de Identidad TOMASA RODRIGUEZ DE MARTINEZ.
Acta de Nacimiento de la ciudadana TOMASA, expedida por ante la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil Parroquia Caraballeda.
Acta de Nacimiento del ciudadano ELEAZAR, expedida por ante la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil Parroquia Caraballeda.
Copia el Pasaporte del ciudadano ELEAZAR RODRIGUEZ ESPAÑA.
Copia de la Cédula de Identidad del ciudadano LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ ESPAÑA.
Acta de Nacimiento del ciudadano LUIS ENRIQUE, expedida por ante la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil Parroquia Caraballeda.
Copia de la Cédula de Identidad de la ciudadana RAIZA JOSEFINA RODRIGUEZ ESPAÑA.
Acta de Nacimiento de la ciudadana RAIZA JOSEFINA, expedida por ante la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil Parroquia Caraballeda.
Copia de la Cédula de Identidad del ciudadano PEDRO JOSE RODRIGUEZ ESPAÑA.
Acta de Nacimiento del ciudadano PERDO JOSE, expedida por ante la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil Parroquia Caraballeda.
Copia de la Cédula de Identidad de la ciudadana TIBISAY RODRIGUEZ ESPAÑA.
Acta de Nacimiento de la ciudadana TIBISAY, expedida por ante la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil Parroquia Caraballeda.
Copia de la Cédula de Identidad del ciudadano ANIBAL RODRIGUEZ ESPAÑA.
Acta de Nacimiento del ciudadano ANIBAL, expedida por ante la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil Parroquia Caraballeda.
Testimoniales de los ciudadanos IRIS MILAGROS ORTEGA MONTIEL Y HEIDI RAQUEL AGUILERA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad de este domicilio y portadores de las cedulas de identidad números: V-7.998.126 y V-13.043.074, respectivamente
Según se desprende del contenido de las testimoniales rendidas, los testigos fueron contestes sobre los particulares a que se contrae la presente solicitud y dieron los motivos de sus declaraciones.
Del análisis de la documentación promovida y de las declaraciones rendidas por los testigos, se evidencia correspondencia con los hechos alegados por la solicitante, motivo por el cual éste Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio.
Ahora bien de las documentales traídas a los autos se evidencia que el De- Cujus MARCELO RODRIGUEZ ESPAÑA, en su condición de hijo del De Cujus PEDRO PABLO RODRIGUEZ DELGADO, cuya solicitud de Únicos y Universales Herederos nos ocupa, al momento de su fallecimiento deja un heredero de nombre MARCELO RODRIGUEZ NUÑEZ.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los eventuales derechos de terceros, declara UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos ELADIA ESPAÑA DE RODRIGUEZ, ELSA CECILIA RODRIGUEZ ESPAÑA, ANGEL ROSENDO RODRIGUEZ ESPAÑA, TOMASA RODRIGUEZ DE MARTINEZ, NELLY RODRIGUEZ ESPAÑA, ELEAZAR RODRIGUEZ ESPAÑA, LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ ESPAÑA, RAIZA JOSEFINA RODRIGUEZ ESPAÑA, PEDRO JOSE RODRIGUEZ ESPAÑA, TIBISAY RODRIGUEZ ESPAÑA, ANIBAL RODRIGUEZ ESPAÑA Y MARCELO RODRIGUEZ NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad nùmeros V-5.097.627, V-4.556.575, V-3.890.661, V-4.561.386, V-4.556.143, V-5.094.139, V-5.572.492, V-6.480.149, V-6.483.785V-8.178.811, V-6.494.493 y V-14.145.144 respectivamente, respecto al De-Cujus PEDRO PABLO RODRIGUEZ DELGADO, quien falleció en fecha veintidós (22) de Mayo de dos mil diez (2010), quien en vida fuera titular de la cedula de identidad Nº V-301.945. Así se establece. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial de Estado Vargas, en Maiquetía, a los Dos (02) días del mes de Agosto de dos mil once (2011). Años: 201º y 152º.
LA JUEZA
Dra. ANA TERESA AYALA P.
EL SECRETARIO
GAMAL SAI GAMARRA
En esta misma fecha siendo las 10:05 a.m, se publicó y registró la anterior sentencia
EL SECRETARIO
GAMAL SAI GAMARRA
S-4008-11
ATAP/GG/nadiuska.-
Jurisdicción Voluntaria.
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