TRIBUNAL REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 05 de agosto de 2011
201º Y 152º
ASUNTO: WP11-L-2011-000085
PARTE ACCIONANTE: MIGUEL JOSE BRITO LUGO, JUAN EDUARDO LOPEZ, LORENZO YANEZ, ROLANDO ALEXIS RODRIGUEZ, CARLOS ARTURO TORREALBA, CARLOS SANTANA, titulares de las cédulas de identidad números: 6.478.215, 12.865.484, 6.371.863, 13.826.964, 10.274.672, 9.964.754, respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: BLADIMIR ARCILA, IPSA Nº: 98.448.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA LUVIAL C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LEANDRO GUERRERO, CARMEN HERNANDEZ, NANCY BERMUDEZ y DAVID QUINTERO, IPSA Nos. 29.550, 92.900, 85.484 y 117.996 respectivamente, según poder especial que acredita su representación, cuya copia se anexa al expediente, previa certificación por parte del Secretario del Tribunal.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 05 de agosto de 2011, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en el presente proceso, comparecieron a la misma los ciudadanos DAVID QUINTERO, NANCY BERMUDEZ, BLADIMIR ARCILA, MIGUEL JOSE BRITO LUGO, JUAN EDUARDO LOPEZ, LORENZO YANEZ, ROLANDO ALEXIS RODRIGUEZ, CARLOS ARTURO TORREALBA, CARLOS SANTANA, ya identificados. Celebrada la audiencia, las partes llegaron a un acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO: La parte demandada, a través de su apoderado judicial, conviene en cancelar al demandante, la suma de BOLIVARES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 586.575,77), monto éste proviene del cálculo efectuado por las partes en la audiencia preliminar y que comprende todos los conceptos y montos demandados, incluyendo honorarios profesionales de abogado; y será pagado por la empresa demandada a favor de los demandantes como sigue: se cancela en este mismo acto la suma de BOLÍVARES CIEN MIL SIN CÉNTIMOS (Bs.100.000,00), mediante cheques emitidos a favor de los demandantes y su apoderado judicial, cuya copia se anexa y se hace parte integrante de la presente acta, los cuales fueron puestos en su forma original a la vista del Tribunal. La restante suma de BOLIVARES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 486.575,77), será cancelada en DOS partes iguales y consecutivas de BOLÍVARES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.243.287,89) en fechas 05 de septiembre de 2011 y 05 de octubre de 2011, según se especifica en cronograma de pago que se anexa y que se hace parte integrante del presente acuerdo. SEGUNDO: En tal sentido La parte demandante manifiesta estar satisfecha con el presente acuerdo, y reconoce y acepta los salarios utilizados para calcular cada concepto; además declara no tener más que reclamar por los conceptos que fueron demandados en la presente causa a la empresa CONSTRUCTORA LUVIAL C.A., según se especifica en documentos transaccionales anexos que se hacen parte integrante de la presente acta. TERCERO: Finalmente, ambas partes solicitaron a la Juez se sirva homologar el presente acuerdo. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja expresa constancia, que las pruebas presentadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo.-
LA JUEZ,
REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,
DAVID QUINTERO
NANCY BERMUDEZ
BLADIMIR ARCILA
MIGUEL JOSE BRITO LUGO
JUAN EDUARDO LOPEZ
LORENZO YANEZ
ROLANDO ALEXIS RODRIGUEZ
CARLOS ARTURO TORREALBA
CARLOS SANTANA
LA SECRETARIA,
YNDORYANA VALLES
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