REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 06 de Diciembre de 2011
201 y 152
Vista la apelación interpuesta por la representante Judicial de la parte actora ciudadana YESCENIA RODRGUEZ, abogado, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.210, contra la decisión dictada por esta superioridad en fecha veintinueve (29) de Noviembre de 2011, mediante el cual se declaró INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional, este tribunal la oye en un solo efecto por cuanto fue ejercido en tiempo útil; en consecuencia , se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional a los fines legales consiguientes. Líbrese oficio.
LA JUEZ SUPERIOR

DRA. MARIA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ
LA SECRETARIA

ABG. MARYSABEL BOCARANDA
En esta misma fecha y como esta ordenado se remite el presente expediente N° 2214, contentivo de dos (02) piezas la Primera constante de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO (375) folios útiles y la segunda de CIENTO TREINTA Y UNO (131) folios útiles, con oficio N° 11-313; asimismo por cuanto la Sala Constitucional no recibe expediente con enmendaduras, se ordena hacer la corrección por secretaría conforme lo dispone el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA

ABG. MARYSABEL BOCARANDA
CM/MB/LL
EXP: 2214
Abg. MARYSABEL BOCRANDA, Secretaria Titular del Juzgado Superior en lo Civil, mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, por medio de la presente y dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 109del Código de Procedimiento Civil, dejo constancia que se realizó la corrección de foliatura de la primera pieza desde el folio veintitrés (23) hasta el folio trescientos setenta y cinco (375) ambos inclusive y de la segunda pieza desde el folio cuatro (04) hasta el folio quince (15) ambos inclusive y desde el folio cincuenta y tres (53) hasta el folio ciento veintiséis (126) ambos inclusive. Constancia que hago en Maiquetía a los seis (06) días del Mes de Diciembre de 2011.


LA SECRETARIA



ABG. MARYSABEL BOCARANDA





CM/MB/LL
EXP: 2214