JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 16 de diciembre de 2011.
201° y 152º

Vista el acta de conciliación que corre inserta a los folios 140 y 141 de la presente Solicitud signada con el N° 1934-2007 por Aumento de la Obligación de Manutención, suscrita por los ciudadanos: LIGIA EUGENIA MARTÍNEZ YANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.016.285 y JUAN CARLOS TORRES SOTO, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° CC-13.174.214, a favor de los niños (Se omiten los nombres por disposición de la Ley); y por cuánto la mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a la Fiscalía Quince Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
El Juez Titular,



Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.

La Secretaria,

Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas

En la misma fecha se libro boleta de notificación a la Fiscalía Quince Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente.


La Sria.,



Sol. 1934-2007
PAGP/jacs