REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
San Cristóbal, 14 de Diciembre de 2011, siendo las 10:40 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con los ciudadanos María Victoria Castillo Hernández y Pedro Luis Castillo Hernández, titular de la cedula de identidad N° V- 10.153.583 y V- 12.974.687, Abogados, actuando en su nombre propio, inscritos en el Inpreabogado N° 67.855 y 126.312, en un local comercial en la calle 1, Urbanización Coromoto, San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de llevar a cabo medida de Embargo Ejecutivo, decretado por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, incoada por María Victoria Castillo y Pedro Luis, en contra del ciudadano Aycardo Bolaños Buitrago, Colombiano, titular de la cedula de identidad N° E- 81.274.966, por Intimación de Honorarios Profesionales, expediente N° 12.966. El Tribunal se hizo acompañar del Oficial Jefe Víctor Angarita, placa 305, Funcionario de Politáchira y de los auxiliares de Justicia, el ciudadano Mario Alberto Tovar, titular de la cedula de identidad N° V- 1.528.319, designado como perito y de la depositaria Judicial La Seguridad, representado en este acto por el ciudadano José Alexis D’Yongh, titular de la cedula de identidad N° V- 12.771.418, quienes estando presentes aceptan los cargos y prestan el debido juramento de Ley. Se encuentra presente el ciudadano Aycardo Bolaños Buitrago, ya identificado, demandado de autos, asistido por el Abogado Edgar Alfonso Chacón Saldua, inscrito en el Inpreabogado N° 35.048. Se le concede el derecho de palabra al Abogado del demandado, quien expuso: pido a la parte actora, a fin de llegar a un acuerdo, suspenda la presente medida de embargo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la parte actora, quien expone: pido al ciudadano Juez se suspenda la ejecución de la presente medida de Embargo Ejecutivo y así mismo pido, se mantenga la comisión en el archivo del Tribunal. Seguidamente el ciudadano Juez, expone: visto lo solicitado por la parte actora, suspendo la presente medida y ordena su regreso a la sede del Tribunal. Así mismo se ordena expedir copia certificada de la presente acta para el archivo del Tribunal. Se terminó, se leyó y conformes firman las partes. Siendo las 11:30 de la mañana. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Abg. María Victoria Castillo. Parte Actora. (Fdo.). Abg. Pedro Luis Castillo. Parte Actora. (Fdo.). Aycardo Bolaños Buitrago. Demandado. (Fdo.). Abg. Edgar Chacón Saldua. Abogado Asistente de la parte demandada. (Fdo.). Víctor Angarita. Oficial Jefe Funcionario de Politáchira. (Fdo.). Mario Tovar. Perito. (Fdo.). José Alexis D’Yongh. Depositario. (Fdo.). Abg. Indira Sandoval. Secretaria Temporal. (Fdo.).