REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
San Cristóbal, Estado Táchira, lunes 19 de Diciembre de 2011, siendo las 9:45 de la mañana, se trasladó y Constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con el Abogado Nelson Wladimir Grimaldo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.375, apoderado judicial de Banesco Banco Universal, parte actora, en un inmueble ubicado en la Avenida 19 de Abril, local N° 12-54, Multiservicios san Martín, Parroquia La Concordia, a fin de llevar a efecto Embargo Ejecutivo y Entrega de Vehiculo, decretado por el Juzgado Primero de los Municipios san Cristóbal y Tórbes, Expediente N° 12.950, por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio. El Tribunal se hizo acompañar del Oficial Jefe Víctor Angarita, placa 305, Funcionario de Politáchira y de los auxiliares de Justicia ciudadano Jaime Antonio Naranjo, cédula N° V- 3.996.039 y la Depositaria Judicial La Seguridad, representada por José Alexis D’Yongh, cedula N° V- 12.771.418, quienes estando presentes aceptan los cargos de Perito y Depositario y prestan el debido juramento de Ley. Se encuentra presente el ciudadano Miguel Ángel Zambrano Orozco, cedula N° V- 15.988.000, encargado de Multiservicios San Martín, quien fue notificado del objeto del Tribunal y quien permite el acceso del Tribunal al inmueble. Ahora bien, por cuanto el derecho a la defensa, es un derecho inherente a toda persona, garantizado y protegido en todo grado y estado del proceso, se le concede al notificado un plazo de 20 minutos, a fin de que ubique al demandado o un Abogado, que represente sus derechos, de conformidad con el articulo 49, ordinal 1° de la Constitución Nacional, desarrollado jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia; sentencia N° 10 de fecha 02/02/2000, en concordancia con el articulo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del articulo 23 de la Carta Magna. Transcurrido el plazo sin que se hiciera presente el demandado o abogado alguno, el ciudadano Juez acuerda dar continuidad al acto, cediendo el derecho de palabra a la parte actora Abogado Nelson Grimaldo, quien expone: Por cuanto el vehiculo descrito en la comisión, se encuentra en calidad de deposito, bajo la responsabilidad de la Depositaria Judicial La Seguridad, representada en este acto por su Delegado José Alexis D’Yongh Sosa, ya identificado, en virtud de una medida de Secuestro, decretada por el Tribunal comitente y practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas del Estado Táchira, solicito al Tribunal ordene a la Depositaria Judicial, se me haga entrega del vehiculo, marca Toyota, modelo Yaris, 3 puertas A/T FMC, año 2006, color azul grisáceo MI, serial carrocería JTDJW923965028289, serial motor 2 NZ-4085653, placa BB546N, clase automóvil, tipo sedan, previo avalúo, de sus condiciones y características. Seguidamente el perito designado ciudadano Jaime Naranjo, rinde su informe en la manera siguiente: el vehiculo anteriormente descrito se encuentra en buen estado de latonería, pintura y tapicería posee equipo de sonido, tres espejos retrovisores (2 externos y 1 interno), cuatro cauchos en regular estado, no posee tapas de rines, se desconoce su funcionamiento mecánico y cualquier daño oculto por encontrarse cerrado, por lo que se avalúa prudencialmente en la suma de Noventa Mil Bolívares (Bs. 90.000,00). Seguidamente el ciudadano Juez expone: Visto lo solicitado por la parte actora y el informe presentado por el experto, este Tribunal administrando justicia hace entrega real formal y material del vehiculo cuyas características se encuentran señaladas en la presente comisión, previo el pago de los emolumentos que le corresponden a la Depositaria Judicial La Seguridad. Seguidamente la parte actora representada en este acto por el Abogado Nelson Wladimir Grimaldo Hernández, ya identificado, manifiesta recibir en forma real y material el vehiculo identificado, es todo. Seguidamente el ciudadano Juez da por terminado el presente acto, siendo las 10:45 de la mañana, regresando a la sede natural del Tribunal. Se acuerda dejar copia certificada de la diligencia el auto, y la presente acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal. Leída el acta a los presentes, conformes firman. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Miguel Ángel Zambrano. Notificado. (Fdo). Abg. Nelson W. Grimaldo. Apoderado Actor. (Fdo). Jaime Naranjo. Perito. (Fdo). José Alexis D’Yongh. Depositaria Judicial. (Fdo). Oficial Jefe Víctor Angarita. Funcionario Politáchira. (Fdo). Rosherli Ramírez L. Secretaria Accidental. (Fdo).