REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 08 de Diciembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2009-003493
ASUNTO : 2E-2256-10


Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de GLEIM GEB PACK CHRISTIANE SABINE, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto a la prenombrada penada, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.

A GLEIM GEB PACK CHRISTIANE SABINE, se le condenó a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de UN (01) MES y VEINTISIETE (27) DIAS, que sumado a una primera redención de fecha 25/01/2011 de UN (01) MES y CUATRO (04) DIAS, resulta un total de TRES (03) MESES y UN (01) DIA, por lo que le falta por cumplir una pena de CINCO (05) AÑOS, CUATRO (04) MESES, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 09/07/2009, hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplirá el 08/04/2011.

2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 08/12/2011.

3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la pena, la cual cumplirá el 08/08/2014.

4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 08/04/2015.

5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 08/04/2017.

Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de notificación al penal a los fines de que la penada sea notificada del nuevo cómputo de pena y de Redención. Cúmplase.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION

DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,


ABG. KARIN MENDEZ MUJICA





ASUNTO: WP01-P-2009-003493
MRB/KM/gledys.