REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 08 de Diciembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2011-000078
ASUNTO : 2E-2407-11

Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de HOFFMAN ROZANNE, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.

A HOFFMAN ROZANNE, se le condenó a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de DOS (02) MESES y SEIS (06) DIAS, por lo que le falta por cumplir DIEZ (10) AÑOS, DIEZ (10) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 06/01/2011 hasta el día de hoy.

Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales la penada podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplirá el 30/10/2013.

2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 30/10/2014.

3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la pena, la cual cumplirá el 30/10/2018.

4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 30/10/2019.

5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 30/10/2022.

Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo. Cúmplase.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION

DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,

ABG. KARIN MENDEZ MUJICA




ASUNTO: WP01-P-2011-000078
MRB/ gledys.