REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. CARAYACA, SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE (2011).-
201° y 152°


Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO y los recaudos acompañados, presentada por el ciudadano JUAN RAMON QUINTERO OROPEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V-12.983.208, asistido por la Abogada JUANA E. PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.028, este Juzgado, con fundamento en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada el 02/04/2009 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela bajo el Nº 39.152, ordena darle entrada, formar expediente y anotarla en los Libros respectivos. Asimismo, se insta al peticionante para que consigne copia certificada de la solicitud de Titulo Supletorio que interpuso ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, por cuanto aparece en la Página Web del Tribunal Supremo de Justicia (www.vargas.tsj.gov.ve), una decisión que declaró la falta de interés de una solicitud de Titulo Supletorio interpuesta por el prenombrado peticionante, a los fines de constatar si son o no las mismas bienhechurías a que se contrae la presente solicitud y en consecuencia, proveer sobre lo peticionado. Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,

ABG. LUCIA MASSIMO. S.
LA SECRETARIA,

ABG. SANDRA R. SANTOS G.
En esta misma fecha, quedó anotada en los Libros respectivos bajo el N° 904-2011.-
LA SECRETARIA,

ABG. SANDRA R. SANTOS G.
LMS/Ss.-