REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTODE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
201 ° y 151 °
ASUNTO: SP01-L-2011-0000470
PARTE DEMANDANTE: JHON RONALD MEDINA URIZA, identificado con la cédula Nro.V-17.206.436
APODERADO JUDICIAL: RUBEN DARIO MORENO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.15.112.
PARTE DEMANDADA: MOTEL ALTIPLANO C.A. Y HOTEL TURISTICO LAS DELICIAS C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JACKSON ARENAS inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.115.981.
En el día de hoy, (21) de diciembre 2011, a las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar, se hizo presente la parte actora, ciudadano JHON RONALD MEDINA URIZA, identificado con la cédula Nro.V-17.206.436, asistido por el apoderado judicial abogado RUBEN DARIO MORENO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.15.112.y por la parte demandada se hizo presente el apoderado de la empresa ciudadano JOSE ALEJANDRO NIETO PINEDA, identificado con la cédula Nro.V-6.814.853, asistido por la abogada MIRIAM TERESA LARGO PORRAS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.137.413, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de TREINTA Y DOS MIL BOLIVARES (BS.32.000,oo) pagaderos de la siguiente manera: 1.-Bs.20.000,oo en este acto mediante cheque Nro. 14909873 de la cuenta corriente Nro. 01140430884300043564 contra BANCARIBE y 2.-Bs.12.000, para el día 16 de enero de 2012, a las 10:00 de la mañana en la sede del Tribunal. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que una vez cumplida la obligación contraída por la parte demandada, no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal vista la oferta de pago realizada la HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. Ana Mercedes Mora R.
La Parte Demandante La Parte Demandada,
La Secretaria,
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