REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TARIBA
PARTE DEMANDANTE: NELLY CAROLINA PERNIA OCHOA, titular de la cédula de identidad N° 14.605.106, domiciliada en la vía Principal, caserio “ Curazao”, casa N° 3-59, Municipio Cárdenas del Estado Táchira.
PARTE DEMANDADA: JOSE HEBERTO VALERO GOMEZ, con cédula de identidad Nº V-13.506.614, quien puede ser localizado en la línea de taxis Garzón Expreses, control B-06, San Cristóbal del Estado Táchira.
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION.
EXPEDIENTE 5639-2009.
Por cuanto el Tribunal observa que en la presente causa, ha transcurrido más de un año de inactividad procesal, es decir sin que se hubiese ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, desde el día 17 de Marzo de 2008, lo cual demuestra la falta y pérdida del Interés Procesal en la consecución del juicio, este Juzgado de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA. Así se decide.
Regístrese, Publíquese, Déjese copia para el archivo del Tribunal.-
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Táriba, a las once de la mañana, del día Veintiuno de Enero de dos mil Once. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,

ABG. LUISA MEDINA

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. LENIS FARFÁN

En la misma fecha y hora se publica la anterior sentencia interlocutoria, dejándose constancia en el Libro.-

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. LENIS FARFÁN.



N/R.-