REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE N° 3133-08
ACTO CONCILIATORIO POR REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
DEMANDANTE: YAMILE HERNANDEZ DUARTE.
DEMANDADO: WILLIAM ALBERTO TORRES HERNANDEZ.
En el día de hoy, veinte (20) de enero de 2011, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos YAMILE HERNANDEZ DUARTE, titular de la cédula de identidad N° V- 16.034.865, y WILLIAM ALBERTO TORRES HERNANDEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.461.953, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Se da inicio al acto por el Juez Provisoria. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano WILLIAM ALBERTO TORRES HERNANDEZ, quien manifestó: “Ofrezco aumentar la obligación de manutención a la cantidad de trescientos treinta bolívares (Bs. 330°°) y cuotas extraordinarias para los meses de septiembre, en la cantidad novecientos bolívares (Bs. 900°°) que autorizo para que sea descontado de la nomina y diciembre en la cantidad de seiscientos sesenta bolívares (Bs. 660°°), todas estas cantidades solicito que sean descontadas de mi nómina del INTI, En cuanto a los gastos médicos y de medicina me comprometo a cubrir el 50% de los mismos” Es todo. Acto seguido se le dio el derecho de palabra a la ciudadana YAMILE HERNANDEZ DUARTE, quien manifestó” Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestra hija”. Es todo. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de febrero de 2011. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
WILLIAM ALBERTO TORRES HERNANDEZ
YAMILE HERNANDEZ DUARTE
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ