REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE N° 3911-10
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION.

DEMANDANTE: MARIBEL LANDAZABAL CONTRERAS

DEMANDADO: YIMMY RAMIREZ DELGADO

En el día de hoy, veinticinco (25) de enero de 2011, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos MARIBEL LANDAZABAL CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.546.650, y YIMMY RAMIREZ DELGADO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.149.389, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Se da inicio al acto por el Juez Provisoria. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano YIMMY RAMIREZ DELGADO, quien manifestó: “Que ofrezco como obligación de manutención la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300°°) y cuotas para los meses de agosto y diciembre en la cantidad de un mil bolívares (Bs.1000°°), cantidades que me comprometo a depositar en la cuenta de ahorros que ordeno aperturar el Tribunal en el Banco Bicentenario y de la cual estoy tomando debida nota.” Es todo. Acto seguido se le dio el derecho de palabra a la ciudadana MARIBEL LANDAZABAL CONTRERAS, quien manifestó” Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de su hijo y solicita que cumpla con responsabilidad y puntualidad con el acuerdo”. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser cubiertos por los progenitores, en un 50% cada uno. Es todo, en virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de febrero de 2011. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA


YIMMY RAMIREZ DELGADO

MARIBEL LANDAZABAL CONTRERAS


EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ