REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN
PRIMERO DE CONTROL

Macuto, 31 de enero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2008-001964
ASUNTO : WP01-P-2008-001964

Vista la anterior solicitud de Medida de Protección Policial, presentada por la Fiscalía Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y 17, 18, 21, 24, 30 y 32 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, a favor de la ciudadana Cindy Migueisy Rondón Martínez, de nacionalidad venezolana, identificada con cédula de identidad Nº 20.781.642, de profesión u oficio estudiante, residenciada en Los Pinos, casa S/N, cerca de mercal, parroquia Carayaca, estado Vargas, el tribunal observa:
Alega el Superior Despacho Fiscal, que en fecha 17 de enero de 2011 compareció por ante la Unidad de Atención a la Víctima de la referida Oficina Fiscal la solicitante Cindy Migueisy Rondón Martínez, víctima en la investigación signada bajo el Nº 23-F8-191-2010 que cursa por ante la Fiscalía 8ª del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, alegando que: “…Acudo a fin de conocer la decisión del tribunal sobre la medida de protección que solicité para mi persona y mi grupo familiar en fecha 07/06/2010, motivado a que hasta la fecha he estado recibiendo reiteradas amenazas…”
Acompaña la Fiscalía Superior a su petición, escrito de solicitud de medidas de protección recibido de la Fiscalía 8ª de esta Circunscripción Judicial, acta correspondiente a la comparecencia de la solicitante por ante la Oficina de Atención a la Víctima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
Ahora bien, de los recaudos acompañados a la solicitud fiscal, se evidencia de un peligro inminente para la integridad de esta ciudadana y su familia, por lo que lo procedente y ajustado a derecho es decretar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, 21.1 y 34 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, la medida de protección a favor de los solicitantes y su entorno familiar, la cual consistirá en dos recorridos diarios: matutino y nocturno en sus residencias, por una duración de seis meses.
Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la medida de Protección Policial a favor de la ciudadana Cindy Migueisy Rondón Martínez y su grupo familiar en la siguiente dirección: Los Pinos, casa S/N, cerca de mercal, parroquia Carayaca, estado Vargas; durante seis (6) meses, mediante dos recorridos diarios matutino y nocturno en la indicada dirección. Se ordena al Instituto Autónomo de Policía y Circulación del Estado Vargas (POLIVARGAS), el cumplimiento de la presente medida de protección. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 21.1 y 34 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese al Ministerio Público, devuélvanse las presentes actuaciones al Superior Despacho Fiscal y ofíciese a POLIVARGAS. Provéase lo conducente.
En Macuto, estado Vargas, a los treinta y un (31) días del mes de enero del año dos mil once (2011), siendo la hora de 2:30 p.m. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
El Juez,

Juan Fernando Contreras La Secretaria,

Abg. Odalis Marín Maitán

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la anterior decisión.
La Secretaria,

Abg. Odalis Marín Maitán