Se dictó decisión en el presente asunto, en los siguientes términos: ÚNICO: DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de: PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión del delito de HURTO, previsto y sancionado en el artículo 453, del Código Penal, vigente para la fecha del hecho, en el cual resultó como víctima: FERNANDEZ MELQUIADES RAMON; de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-3.848.935; de conformidad con lo previsto por el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 8 eiusdem.