REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 21 de Enero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-002981
ASUNTO : SP11-P-2010-002981

Visto el escrito presentado por el abogado IOHANN CALDERON, Fiscal 8 del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de FONSECA BARBOZA JOSE CRISTOBAL, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO Y HURTO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehiculo, en perjuicio de PERSONAS POR IDENTIFICAR, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
HECHO
En fecha 14-10-2003 ocurrieron los hechos en virtud de las actas suscritas por funcionarios adscritos al CICPC seccional San Antonio. Como consecuencia de las actas se dio inicio a la presente investigación.

Corre agregado las siguientes diligencias:
• Acta de investigación penal
• Acta de retención de vehículo
• Entrevistas
• Experticia del vehiculo

Este Tribunal observa que desde 14-10-2003 hasta hoy han transcurrido mas de SIETE AÑOS, TRES MESES Y OCHO DIAS por lo que de conformidad con los Artículos 108 Ordinal 5º del Código Penal se encuentra prescrita la Acción Penal, razón por la cual este Tribunal considera procedente decretar la EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL de conformidad con lo establecido en el Artículo 48 Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal y consecuencialmente el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a tenor del contenido del Artículo 318 Ordinal 3º ejusdem siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem y así se decide:
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Extensión San Antonio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta UNICO :la EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL de conformidad con lo establecido en el Artículo 48 Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal y el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de FONSECA BARBOZA JOSE CRISTOBAL, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO Y HURTO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehiculo, en perjuicio de PERSONAS POR IDENTIFICAR, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.


ABG. RICHARD ENRIQUE HURTADO CONCHA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. MARIFE JURADO
SECRETARIA