REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio

Macuto, 28 de enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2010-006009
ASUNTO : WP01-P-2010-006009

ACTA DE INHIBICIÓN

Quien suscribe, ANA MARÍA SÁNCHEZ, en su carácter de Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, por medio de la presente SE INHIBE de conocer de la causa signada con el N° WP01-P-2010-006009 seguida en contra de la ciudadana YESENIA MARGARITA CARAZAS ARICARI, ampliamente identificada en autos, toda vez que en fecha 12 de octubre de 2010, encontrándose a cargo del Juzgado Quinto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal presidió el acto de la audiencia para oír al imputado emitiendo opinión, circunstancia de índole procesal prevista en el artículo 86, numeral séptimo del Código Orgánico Procesal Penal y que obliga a separarse de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 87 eiusdem. En consecuencia, por imperativo legal y en obsequio de una transparente y eficaz administración de Justicia, se ordena la inmediata remisión de la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal para su distribución a un despacho de la misma función para garantizar la continuidad del proceso, así como copia debidamente certificada por secretaría de las actas conducentes a la Corte de Apelaciones a objeto que sea dirimida la presente incidencia.

LA JUEZ


ANA MARÍA SÁNCHEZ.