REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Violencia contra la Mujer del Estado Táchira
San Cristóbal, 14 de Enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : SK21-S-2006-000007
ASUNTO : SK21-S-2006-000007
JUEZA:
ABG. LAVINIA BENÍTEZ PERNIA
ACUSADO: DEFENSORA PÚBLICA PRIMERA
HENDER ALBERTO SUAREZ C. YOLIMAR C. VERA
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: SECRETARIA DE SALA:
ABG. JESÚS ALBERTO SUTHERLAND ABG. MARÍA BELÉN RAMÍREZ
Vista en audiencia especial de verificación del cumplimiento de condiciones impuestas celebrada en la causa N° SK21-S-2006-000007, en esta misma fecha, seguida al ciudadano HENDER ALBERTO SUAREZ CASTELLANOS, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Orgánica Sobre Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Leylaly Arias de Mesa; el tribunal para decidir observa.
RELACIÓN DE LOS HECHOS
Los hechos por los que imputa la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, consisten en que:
El día 14 de Julio de 2006, denuncia formulada por la ciudadana Leylaly Arias de Meza, venezolana titular de la cédula de identidad N° V-11.501.631, de profesión oficios del hogar, residenciada en la concordia, calle 5, N° 9-121, San Cristóbal, Estado Táchira, se desprende que, en fecha 14 de julio de 2006, surge una discusión entre el imputado y la victima, en el lugar de trabajo de esta última, motivado a una llamada telefónica, situación esta que desemboca en la agresión del imputado, causándole lesiones a la victima, quien conforme a reconocimiento médico N° 4398, de fecha 17 de julio de 2006, suscrito por la Dra. Rosa Guerrero, adscrita al Servicio de Medicina Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalísticas, arrojó un tiempo de curación de 09 días.
ANTECEDENTES
En fecha 03 de octubre de 2006, la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, presento su escrito de acusación, tal como consta del sello húmedo de la oficina de alguacilazgo.
En fecha 09 de octubre de 2006, el Tribunal Primeo de Funciones de Juicio se avoco al conocimiento de la causa y fijo la audiencia de Juicio Oral y público para el 09 de noviembre.
En fecha 09 de noviembre de 2006, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, admite totalmente la acusación, las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público y concede el beneficio de Suspensión Condicional del Proceso. Por el régimen de uno (1) año, acudir al Instituto Estatal de la Mujer, con la finalidad de recibir una charla de orientación en un plazo máximo de tres meses y presentar constancia al Tribunal. Prohibición de portar armas y abusar del consumo de bebidas alcohólicas y someterse a las indicaciones e instrucciones que le imparta el delegado de prueba que se le asigne.
En fecha 20 de mayo de 2008, cursa oficio N 2833 emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, en el cual informan al Tribunal que el ciudadano Alberto Suárez Castellanos no acudió a las entrevistas que le fueron impuestas.
En fecha 17 de agosto de 2008, cursa oficio N° ALG-3101-08, emanado de la oficina de Alguacilazgo, en el cual informan al Tribunal que el ciudadano Suárez Castellanos Hender, no registra presentaciones.
En fecha 24 de septiembre de 2008, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, fija audiencia especial de verificación de cumplimiento de condiciones para el 10 de diciembre de 2008.
En fecha 10 de diciembre de 2008, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, difiere la audiencia y fija nueva oportunidad para el 27 de febrero de 2009.
En fecha 02 de marzo de 2009, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, fijada como se encontraba la audiencia de verificación para el día 27 de febrero del presente año, y visto que ese día no hubo despacho por celebrarse la apertura del año judicial, se fija nueva oportunidad para el 23 de abril de 2009.
En fecha 23 de abril de 2009, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, difiere la audiencia y fija nueva oportunidad para el 30 de octubre de 2009.
En fecha 17 de septiembre de 2009, el Juez José Hernán Oliveros se aboca al conocimiento de la causa.
En fecha 16 de noviembre de 2009, el Tribunal Primero de Primera Instancia, difiere la audiencia por insistencia de las partes y fija nueva oportunidad para el 02 de diciembre de 2009, dejando constancia en esta fecha por cuanto el presente asunto no se encontraba registrado en la agenda única.
En fecha 02 de diciembre de 2009, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, celebra audiencia especial de verificación de condiciones, en la cual acordó ampliar el régimen de prueba por el lapso de uno (1) año, con las siguientes condiciones: presentarse una vez cada treinta días ante la oficina de alguacilazgo, no cambiar de domicilio sin previa autorización dada por el Tribunal y someterse a los consiguientes actos del proceso, esto es comparecer a la audiencia de verificación de Suspensión condicional del Proceso, la cual tendrá lugar el día 02 de diciembre de 2010.
En fecha 09 de Julio de 2010, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, remitió mediante oficio N° 1J-1079-2010, la causa al Tribunal de Juicio en materia de Violencia contra la mujer del Estado Táchira.
En fecha 09 de julio de 2010, el Tribunal de Juicio de Violencia contra la mujer le dio entrada a la causa y la jueza se aboco al conocimiento de la misma.
En fecha 17 de noviembre de 2010, cursa constancia de asistencia del acusado al centro de Tratamiento, Prevención y Orientación Antidrogas.
En fecha 29 de noviembre de 2010, cursa escrito de la defensa pública primera penal en la cual consigna al Tribunal carta de residencia de su defendido emanada del Consejo Comunal de lucio Oquendo, de fecha 26 de noviembre de 2010.
En fecha 02 de diciembre de 2010, se libro oficio N° 1J-0497-10, dirigido a la Oficina de Alguacilazgo, mediante el cual se ordena remitir el record de presentaciones del ciudadano Hender Alberto Suárez Castellanos, y en esta misma fecha se difiere la audiencia por inasistencia de las partes y se fija nueva oportunidad para el 14 de enero de 2010.
HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA AUDIENCIA
En esta fecha se lleva a cabo audiencia especial para verificar la ampliación de la Suspensión Condicional del Proceso, que le fue otorgada en fecha 12 de diciembre de 2009.
En la Audiencia la Ciudadana Jueza le cede el Derecho de palabra al acusado quien manifestó en su oportunidad haber cumplido todas las obligaciones que le fueron impuestas.
La abogada defensora Yolimar Carolina Vera Ramírez, defensora Pública Primera Penal del imputado, quien expuso: “En virtud de que para la presente fecha ha finalizado el régimen de presentaciones y mi defendido cumplió con las obligaciones impuestas por el Tribunal, una vez verificada por el Tribunal el cumplimiento de las condiciones, solicito acuerde la extinción de la acción penal , conforme al artículo 318 numeral 3° en concordancia con el artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal y el sobreseimiento de la causa, remitiendo las actuaciones al archivo judicial, y asimismo solicito copia simple de la presente acta, es todo”.
Por último, le es cedido el derecho a palabra a la Representante del Ministerio Público quien expuso: “Una vez escuchado la verificación del cumplimiento, no me opongo a que se decrete el sobreseimiento de la cusa, siempre que el acusado haya cumplido con las obligaciones impuestas, es todo”.
FUNDAMENTOS DE HECHO DE DERECHO
De lo anteriormente señalado, se tiene:
Que el acusado cumplió con las obligaciones impuestas como lo fueron:
1.- Presentarse una vez cada treinta (30) días por ante la oficina de Alguacilazgo, lo cual se verifica mediante el oficio N° ALG-3718-09 de fecha 02 de diciembre de 2010, recibido de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, en el cual consta el régimen de presentaciones del ciudadano Hender Alberto Suárez Castellanos, que cursa a los folios 123 al 125.
2.- No cambiar de domicilio sin previa autorización del Tribunal.
3.-Someterse a los siguientes actos del proceso y acudir a la audiencia de verificación de Suspensión Condicional del Proceso.
Razón ésta, por la cuales debe declararse formalmente el cumplimiento de las Obligaciones impuestas por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 02 de diciembre de 2009, por el lapso de uno (1) año, lo que lleva a esta Juzgadora a declarar Extinguida la Acción Penal de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 7° y en consecuencia el sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° ejusdem, así decide.
DISPOSITIVA
EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7°, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano HENDER ALBERTO SUAREZ CASTELLANOS, nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad N° v- 16.540.454, nacido en fecha 01 de octubre de 1.983, de 27 años de edad, hijo de Amanda Castellanos (v) y Vicente Suárez (v); soltero, de profesión u oficio músico, residenciado en la Unidad Vecinal, avenida Lucio Oquendo, carrera 2, Casa N° C-12, San Cristóbal, Estado Táchira, teléfonos: 0276-3480748 y 0418-3522616, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre Violencia contra la Mujer y la Familia, ley vigente para el momento de la ocurrencia de los hechos, en perjuicio de la ciudadana Leylaly Arias de Mesa, de conformidad con lo dispuesto en el 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el imputado cumplió con las presentaciones impuestas de una vez cada treinta (30) días las cuales fueron verificadas por el record de presentaciones remitido por la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: Cesa el régimen de presentaciones, que pudiera pesar sobre el ciudadano HENDER ALBERTO SUAREZ CASTELLANOS, y se decreta la libertad plena del mismo.
Las partes quedaron debidamente notificas en la audiencia que dio origen a la presente decisión. Regístrese y déjese copia de la decisión para el archivo del Tribunal, vencido el lapso de Ley, remítase la causa al Archivo Judicial. Líbrese oficio a la Oficina de Alguacilazgo, a los fines de informar el sobreseimiento de la causa y por en de el cese de las presentaciones.
ABG. LAVINIA BENITEZ PERNIA
JUEZA DE JUICIO
ABG. MARIA BELEN RAMIREZ
SECRETARIA
SK21-S-2006-000007