REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, trece (13) de Enero del año dos mil once (2011)
Año: 200° y 151°


ASUNTO PRINCIPAL: WP11-L-2010-000229


Vista la diligencia de fecha once (11) de enero del presente año suscrita por la Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual solicita a este Tribunal, se decrete la Ejecución Forzosa de la transacción efectuada entre las partes y se oficie al Banco Central de Venezuela con la finalidad de que realice los cálculos de los intereses de los montos acordados, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas decreta LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA en la presente causa, en consecuencia, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha, dar cumplimiento voluntario al acuerdo suscrito en fecha treinta (30) de septiembre del año dos mi diez (2010), todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asimismo en relación al pedimento formulado sobre la solicitud de los cálculos de los intereses de mora y corrección monetaria, solicitado le informa la parte solicitante,que una vez vencido el lapso correspondiente a la Ejecución Voluntaria, procederá a pronunciarse sobre el punto antes referido, todo ello en aras de propiciar los medios alternos de resolución de conflictos establecidos en el articulo 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y con el objeto de que las partes voluntariamente hagan uso del mismo. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ PROVISORIA

Abg. RAQUEL CASTEJON.


LA SECRETARIA

Abg. ROSANGEL LUY





RC/RL/PABLO