PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, once (11) de Febrero de dos mil once (2011).
Años: 200 de la Independencia y 151 de la Federación.

ASUNTO PRINCIPAL: WP11-L-2010-000107.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

PARTE ACTORA: OLIVER MICHAEL LUCENA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V.- 14.363.374
APODERADOS JUDICIALES: Rafael Balmore Chirinos y Tarek Khatib Sánchez, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números: 12.416 y 15.886, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: la sociedad mercantil, “SERVICIOS TECNICOS AERONAUTICOS DEL ZULIA C.A.” (SERVITEC AEROZULIA) y “RUTAS AEREAS DE VENEZUELA, C.A.” (RAVSA)
APODERADOS JUDICIALES: Adonay Martínez, Ivonne Diamond Bello, Fernando Almeida Sardi, Zenaiberth Nava, Rosana Parra, Francisco Conde Navarro, Cristina Paredes, Erica Casas Becerra, Rosana Rodríguez, Gabriel Millano Fernández, abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números: 79.898, 35.523, 124.738, 124.777, 121.036, 132.816, 29.060, 138.018, 115.458 y 128.620; respectivamente.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos.

Vista la Audiencia de Juicio fijada para el día de hoy, viernes once (11) de Febrero de dos mil once (2011); a las diez de la mañana (10:00 a.m.) y visto de igual forma, que en este misma fecha el coapoderado judicial de la empresa demandada, el profesional del derecho Fernando Almeida Sardi, consignó ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, diligencia mediante la cual en nombre de sus representadas, manifiesta su conformidad con el Desistimiento del Procedimiento manifestado por la parte actora, ciudadano, OLIVER MICHAEL LUCENA SÀNCHEZ, titular de la cedula de identidad Nª 14.363.374; debidamente asistido por el Profesional del Derecho RAFAEL BALMORE CHIRINOS, inscrito en el Instituto de Previsión del abogado bajo el Nª 12.416; mediante diligencia presentada en fecha ocho (8) de Noviembre de 2010. En consecuencia, este Tribunal, visto el consentimiento expresado por la parte demandada en cuanto al desistimiento efectuado; este Tribunal procederá a impartirle la correspondiente Homologación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en aplicación analógica por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.

Este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Primero: le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN, al Desistimiento del Procedimiento efectuado por la parte actora, ciudadano, Oliver Michael Lucena Sánchez, ya identificado, en fecha ocho (8) de Noviembre del procedimiento incoado contra la empresa demandada “Servicios Técnicos Aeronáuticos del Zulia C.A.” (SERVITEC AEROZULIA) y “RUTAS AEREAS DE VENEZUELA, C.A.” (RAVSA); por cuanto se cumplió con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia, se declara el desistimiento definitivamente firme y con efecto de cosa juzgada. Segundo: dada la naturaleza de la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiquetía, a los once (11) días del mes de Febrero de dos mil once (2011).
Año: 200° y 151º
EL JUEZ


Abg. FÉLIX JOB HERNÁNDEZ Q.

LA SECRETARIA.


Abg. MAGJHOLY FARIAS.

En esta misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 a.m.).-

LA SECRETARIA.

Abg. MAGJHOLY FARIAS.
FJH/mf
WP11-L-2010-000107.