REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
CORTE DE APELACIONES

Macuto, 14 de febrero de 2011
200º y 151º
JUEZ PONENTE: NORMA SANDOVAL
ASUNTO: WP01-R-2010-000552

Corresponde a esta Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, conforme a lo previsto en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, decidir sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto por la Abg. JULIMIR VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público del Estado Vargas, en contra de la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 2010, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIÓ del cargo fiscal a los ciudadanos JONATHAN ENRIQUE PEREIRA SANDOVAL y MARIO ENRIQUE TORRES ZAPATA, identificados con las cédulas Nros: V-18.324.219 y V-18.131.545, respectivamente, de conformidad con lo establecido los artículos 363 y 366, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Esta Corte a los fines de resolver sobre la admisibilidad o no del recurso de apelación interpuesto, observa lo siguiente:

Dispone el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal:

“...CAUSALES DE INADMISIBILIDAD. La Corte de Apelaciones sólo podrá declarar inadmisible el recurso por las siguientes causas:

a) Cuando la parte que lo interponga carezca de legitimación para hacerlo,
b) Cuando el recurso se interponga extemporáneamente.
c) Cuando la decisión que se recurre sea inimpugnable o irrecurrible por expresa disposición de este Código o de la Ley.

Fuera de las anteriores causas, la Corte de Apelaciones deberá entrar a conocer el fondo del recurso planteado y dictará la decisión que corresponda...”

Atendiendo al contenido de la norma antes señalada, tenemos que la Corte de Apelaciones, debe ceñirse a los supuestos legales contenidos en la misma, para resolver sobre la admisión o no de dicha impugnación y en tal sentido se advierte que en el presente caso:

a.-El recurso de apelación fue interpuesto por la Abg. JULIMIR VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Tercera del estado Vargas, tal como consta en las Acta del Debate Oral que cursan en autos y por ende se encuentra legitimada para ejercer tal impugnación.

b.-El recurso de apelación, fue presentado en fecha 16 de diciembre de 2010, en tal sentido se advierte que de acuerdo al cómputo cursante al folio 06 de la quinta pieza de estas actuaciones el lapso del artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, correspondía a los días 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17 y 20 de diciembre de 2010, de lo que se deduce que fue presentado antes del vencimiento del lapso que le otorga la Ley, es decir en tiempo hábil.

c.-El recurso de apelación interpuesto por la Representante del Ministerio Público se fundamento en el numeral segundo del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal: “(…)2º Falta…o ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia…”, de lo que se concluye que la ley autoriza su impugnación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto. Y ASÍ SE DECIDE.

CONTESTACIÓN AL RECURSO

Estando dentro del lapso previsto en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, la Defensa Pública no consignó escrito de contestación.

FIJACIÓN DE AUDIENCIA ORAL

Ahora bien, habiéndose declarado admisible el recurso planteado se fija para el día 24 de febrero de 2011, a las DIEZ (10:00) horas de la mañana, el acto de la audiencia oral a que se refiere el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines que las partes expongan sus argumentos en torno al recurso ejercido. Y ASÍ SE DECIDE.


D I S P O S I T I V A

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 455 en relación con el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abg. JULIMIR VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público del estado Vargas, en contra de la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 2010, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIÓ del cargo fiscal a los ciudadanos JONATHAN ENRIQUE PEREIRA SANDOVAL y MARIO ENRIQUE TORRES ZAPATA, identificados con las cédulas Nros: V-18.324.219 y V-18.131.545, respectivamente, de conformidad con lo establecido los artículos 363 y 366, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: FIJA la audiencia para el día 24 de febrero de 2011, a las diez (10:00) horas de la mañana, de conformidad con lo establecido en los artículos 455 Primer Aparte y 456, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, líbrense las correspondientes boletas de notificación y déjese copia.

LA JUEZ PRESIDENTE

MARLENE DE ALMEIDA SOARES




EL JUEZ LA JUEZ PONENTE



ERICKSON LAURENS NORMA SANDOVAL
LA SECRETARIA,

BELITZA MARCANO MARTÍNEZ

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA,

BELITZA MARCANO MARTÍNEZ



CAUSA Nº WP01-R-2010-0000552
MAS/NS/EL/BM/joi.-













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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
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Macuto, 14 de febrero de 2011
200 y 151


BOLETA DE NOTIFICACION N° 061/2011
SE HACE SABER:


A la Abg. ARELIS NAVARRO, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano MARIO ENRIQUE TORRES ZAPATA, que este Tribunal Colegiado en esta misma fecha dictó decisión mediante la cual dictaminó los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abg. JULIMIR VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público del Estado Vargas, en contra de la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 2010, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIÓ del cargo fiscal a los ciudadanos JONATHAN ENRIQUE PEREIRA SANDOVAL y MARIO ENRIQUE TORRES ZAPATA, identificados con las cédulas Nros: V-18.324.219 y V-18.131.545, respectivamente, de conformidad con lo establecido los artículos 363 y 366, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: FIJA la audiencia para el día 24 de febrero de 2011, a las diez (10:00) horas de la mañana, de conformidad con lo establecido en los artículos 455 Primer Aparte y 456, ambos del Código Orgánico Procesal Penal…”
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
Firmará en prueba de haber sido notificado.

DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ PRESIDENTE,

MARLENE DE ALMEIDA SOARES



FIRMA: ____________________FECHA_______________HORA________________



Causa Nº WP01-R-2010-0000552
MAS/NS/EL/BM/yoi-







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CORTE DE APELACIONES

Macuto, 14 de febrero de 2011
201 y 151


BOLETA DE NOTIFICACION N° 062/2011
SE HACE SABER:


A la Abg. CARMEN RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano JONATHAN ENRIQUE PEREIRA SANDOVAL, que este Tribunal Colegiado en esta misma fecha dictó decisión mediante la cual dictaminó los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abg. JULIMIR VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público del Estado Vargas, en contra de la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 2010, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIÓ del cargo fiscal a los ciudadanos JONATHAN ENRIQUE PEREIRA SANDOVAL y MARIO ENRIQUE TORRES ZAPATA, identificados con las cédulas Nros: V-18.324.219 y V-18.131.545, respectivamente, de conformidad con lo establecido los artículos 363 y 366, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: FIJA la audiencia para el día 24 de febrero de 2011, a las diez (10:00) horas de la mañana, de conformidad con lo establecido en los artículos 455 Primer Aparte y 456, ambos del Código Orgánico Procesal Penal…”
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
Firmará en prueba de haber sido notificado.

DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ PRESIDENTE,

MARLENE DE ALMEIDA SOARES



FIRMA: ____________________FECHA_______________HORA________________



Causa Nº WP01-R-2010-0000552
MAS/NS/EL/BM/joi-





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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
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Macuto, 14 de febrero de 2011
200 y 151


BOLETA DE NOTIFICACION N° 063/2011
SE HACE SABER:


Al ciudadano JONATHAN ENRIQUE PEREIRA SANDOVAL, identificado con la cédula Nº V-18.324.219, residenciado en la Parroquia Niguatá, Pueblo Abajo, Calle Cooperativa, diagonal al Liceo San Rafael, estado Vargas, que este Tribunal Colegiado en esta misma fecha dictó decisión mediante la cual dictaminó los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abg. JULIMIR VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público del Estado Vargas, en contra de la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 2010, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIÓ del cargo fiscal a los ciudadanos JONATHAN ENRIQUE PEREIRA SANDOVAL y MARIO ENRIQUE TORRES ZAPATA, identificados con las cédulas Nros: V-18.324.219 y V-18.131.545, respectivamente, de conformidad con lo establecido los artículos 363 y 366, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: FIJA la audiencia para el día 24 de febrero de 2011, a las diez (10:00) horas de la mañana, de conformidad con lo establecido en los artículos 455 Primer Aparte y 456, ambos del Código Orgánico Procesal Penal…”
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
Firmará en prueba de haber sido notificado.

DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ PRESIDENTE,

MARLENE DE ALMEIDA SOARES




FIRMA: ____________________FECHA_______________HORA________________








Causa Nº WP01-R-2010-0000552
MAS /NS/EL/BM/atma.-
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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
CORTE DE APELACIONES

Macuto, 14 de febrero de 2011
200 y 151


BOLETA DE NOTIFICACION N° 064/2011
SE HACE SABER:


Al ciudadano MARIO ENRIQUE TORRES ZAPATA, identificado con la cédula Nº V-18.131.545, residenciado en la Parroquia Niguatá, Pueblo Abajo, Calle Pumaga, casa La Sardina, adyacente a la Escuela Nacional, estado Vargas, que este Tribunal Colegiado en esta misma fecha dictó decisión mediante la cual dictaminó los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abg. JULIMIR VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público del Estado Vargas, en contra de la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 2010, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIÓ del cargo fiscal a los ciudadanos JONATHAN ENRIQUE PEREIRA SANDOVAL y MARIO ENRIQUE TORRES ZAPATA, identificados con las cédulas Nros: V-18.324.219 y V-18.131.545, respectivamente, de conformidad con lo establecido los artículos 363 y 366, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: FIJA la audiencia para el día 24 de febrero de 2011, a las diez (10:00) horas de la mañana, de conformidad con lo establecido en los artículos 455 Primer Aparte y 456, ambos del Código Orgánico Procesal Penal…”
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
Firmará en prueba de haber sido notificado.

DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ PRESIDENTE,

MARLENE DE ALMEIDA SOARES




FIRMA: ____________________FECHA_______________HORA________________



Causa Nº WP01-R-2010-0000552
MAS/NS/EL/BM/atma.-





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Macuto, 14 de febrero de 2011
200 y 151


BOLETA DE NOTIFICACION N° 065/2011
SE HACE SABER:


A la Abg. JULIMIR VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Tercera del Estado Vargas, que este Tribunal Colegiado en esta misma fecha dictó decisión mediante la cual dictaminó los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abg. JULIMIR VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público del Estado Vargas, en contra de la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 2010, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIÓ del cargo fiscal a los ciudadanos JONATHAN ENRIQUE PEREIRA SANDOVAL y MARIO ENRIQUE TORRES ZAPATA, identificados con las cédulas Nros: V-18.324.219 y V-18.131.545, respectivamente, de conformidad con lo establecido los artículos 363 y 366, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: FIJA la audiencia para el día 24 de febrero de 2011, a las diez (10:00) horas de la mañana, de conformidad con lo establecido en los artículos 455 Primer Aparte y 456, ambos del Código Orgánico Procesal Penal…”



Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
Firmará en prueba de haber sido notificado.

DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ PRESIDENTE,

MARLENE DE ALMEIDA SOARES



FIRMA: ____________________FECHA_______________HORA________________



Causa Nº WP01-R-2010-0000552
MAS/NS/EL/BM/atma.-