REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, diez (10) de Febrero del año dos mil once (2011).-
200º y 151º
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana EUSEBIA DIAZ DE PADILLA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 5.098.168, debidamente asistida por el profesional del derecho Abg. JUAN JOSE GONZALEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 49.221, mediante la cual solicitó se le expida copia certificada mecanografiada de la solicitud signada con el N° 1298-19991, del Asiento No. 69, del Libro Diario, Tomo XV, año 1991, de fecha 02/12/1991, Folio 237, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena la expedición de la copia mecanografiada certificada de la solicitud signada con el N° 1298-19991, del Asiento No. 69, del Libro Diario, Tomo XV, año 1991, de fecha 02/12/1991, Página 471 (Folio 237), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,
Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,
Abg. MERLY VILLARROEL
CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7609-11
Quien suscribe, MERLY VILLARROEL, Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. CERTIFICA: Que la copia que a continuación se transcribe es traslado fiel y exacto de su original, que la contiene en todas y en cada una de sus partes la cual corresponde a la solicitud signada con el N° N° 1298-19991, del Asiento No. 69, del Libro Diario, Tomo XV, año 1991, de fecha 02/12/1991, Página 471 (Folio 237), el cual copiado a la letra es del tenor siguiente:
“Se instruyó titulo N° 1298-91, a favor de LUIS BELTRAN PADILLA MARCANO y GREGORIO JOSE AGUILAR MARCANO, sobre unas bienhechurías, por un valor de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,00), redactó BETSABE COLLAZO PULIDO, Inpre N° 18.691, fueron testigos FRANCISCO GERONIMO y CARMEN DIAZ, Cédulas Nros. V- 1.459.928 y V- 2.899.999 respectivamente” Hasta aquí la trascripción. En Maiquetía, a los diez (10) días del mes de Febrero del año dos mil once (2011).-
LA SECRETARIA,
Abg. MERLY VILLARROEL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, diez (10) de Febrero del año dos mil once (2.011).-
200° y l51°
Resuelta la presente solicitud, constante de cinco (05) folios útiles, devuélvase a la solicitante. Cúmplase.-
EL JUEZ,
Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,
Abg. MERLY VILLARROEL
CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7609-11
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