REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO VARGAS
200° y 152°

DEMANDANTES:

ABOGADO ASISTENTE: JOSE LUIS ARTEAGA RODRIGUEZ

GERMAN GONZALEZ MONASTERIOS
DEMANDADO: WILMER GARCIA FERNANDEZ
MOTIVO: RENDICION DE CUENTAS
EXPEDIENTE: 11949
DECISIÓN INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

I
ANTECEDENTES

Se inicia el presente juicio, mediante demanda por RENDICION DE CUENTAS, presentada ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, correspondiéndole a este tribunal conforme sorteo de distribución de fecha 15 de Febrero de 20101, dándosele entrada en fecha 16 de Febrero de 2011.
A fin de resolver sobre la competencia para conocer y sustanciar la presente causa este Tribunal observa:

II
MOTIVACION
Actualmente fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39.152, de fecha 02 de abril del presente año, Resolución Nro. 2009-0006, en la cual señala que los Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Mercantil y del Transito en la República están experimentando un exceso de trabajo como consecuencia, entre otros aspectos de la falta de revisión y ajuste de la competencia por la cuantía y muy especialmente el gran numero de asuntos de jurisdicción voluntaria y no contenciosa que son requeridos, lo cual atenta contra la eficacia judicial, privando a los justiciable de la obtención de una verdadera tutela judicial efectiva que impone un estado social de derecho y de justicia, así pues, resuelve:
“Articulo 1: se modifican a nivel nacional, las competencias de los Juzgados para conocer de los asuntos en materia civil, mercantil y transito de la siguiente manera: a) Los Juzgados de municipio categoría C en el escalafón judicial, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.).B) Los Juzgados de Primera Instancia, categoría B en el escalafón judicial, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.).
En atención a las consideraciones anteriores observa el Tribunal que la Resolución antes señalada, establece una modificación en los Tribunales en relación a las competencias y cuya cuantía supere las tres mil unidades tributarias (3.000 U.T) equivalente a DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL BOLIVARES (Bs. 228.000,00), a partir del 02 de abril del presente año, evidenciándose en autos que la presente causa por Rendición de Cuentas, presentada por el ciudadano JOSE LUIS ARTEAGA RODRIGUEZ, contra el ciudadano WILMER GARCIA FERNANDEZ, fue distribuida en fecha 15 de Febrero de 2011, y donde el demandante manifestó en su escrito libelar que estima la presente demanda por la suma de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo), considera este sentenciador que el competente para continuar conociendo de la presente causa son los Juzgado de Municipios de esta Circunscripción Judicial en vista de la cuantía estipulada y forzosamente esta instancia, en la dispositiva del presente fallo deberá declinar su competencia por ante el referido Tribunal. Así se establece.
III
DECISIÓN
Por las razones antes expuesta, este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la
presente causa introducida por el ciudadano JOSE LUIS ARTEAGA RODRIGUEZ, contra el ciudadano WILMER GARCIA FERNANDEZ, y en consecuencia DECLINA el conocimiento de la misma por ante el Tribunal de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, órgano al cual se ordena remitir, mediante oficio al Juzgado Distribuidor de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial. Cúmplase las presentes actuaciones en su oportunidad legal. Así se decide.

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en Maiquetía, a los (28) días del mes de Febrero de 2.011.
EL JUEZ

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL
En la misma fecha de hoy, se publicó y se registró la anterior decisión siendo las 02:30 p.m.
LA SECRETARIA,

Abg. MELY VILLARROEL





CEOF/MV/nadiuska
Exp. Nº 11949