GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL, DIECISEIS DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE.
200º y 151º

Visto el escrito de fecha tres (3) de febrero de dos mil once (2011), suscrito por: los ciudadanos YLIMES SILENY RODRIGUEZ MÚJICA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-11.792.614, debidamente asistida por el abogado RODOLFO ALI RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.210.180, inscrito el I.P.S.A bajo el N° 58.427, parte demandante en la presente causa, por la otra GERARDO ANTONIO ALVIAREZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-5.655.640, parte demandada debidamente asistido por el abogado LIVIO MARTINEZ GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.880.840, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.562, mediante el cual se celebró transacción, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo por cuanto ambas partes solicitaron al Tribunal el levantamiento de la medida sobre los bienes embargados, se acuerda el mismo y se levanta la medida de Embargo decretada por este Tribunal en fecha 22 de Noviembre 2010, Ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas del Estado Táchira, el día 31 de Enero del 2011, se acuerda oficiar a la Depositaria Judicial “LA SEGURIDAD”, representada por su apoderado JOSÉ ALEXIS D´YONGH, titular de la cédula de identidad Nº V-12.771.418, a los fines de que haga entrega a la parte demandada de los vehículos embargados. Una vez conste en autos la entrega de los mismos se ordenará el archivo del expediente.

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA

En la misma fecha se libro oficio a la Depositaria Judicial “LA SEGURIDAD”, representada por su apoderado JOSÉ ALEXIS D´YONGH, bajo el N° 0860-87

IRALI URRIBARRI D.
SECRETARIA
mdv