REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE N° 3062-08
ACTO CONCILIATORIO POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
DEMANDANTE: GLADYS MARISOL CARRERO LEAL
DEMANDADO: JESUS ANTONIO HERNANDEZ SALCEDO.

En el día de hoy, dieciocho (18) de febrero de 2011, presente en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos GLADYS MARISOL CARRERO LEAL, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.492.529 y JESUS ANTONIO HERNANDEZ SALCEDO, titular de la cédula de identidad N° 19.033.915, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Se da inicio al acto por el Juez Provisoria. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JESUS ANTONIO HERNANDEZ SALCEDO, quien manifestó: “ Me comprometo a partir de este mes de febrero de 2011 a otorgar una obligación de manutención para mi hija en la cantidad de doscientos bolívares (Bs. 200°°) mensuales los cuales le entregare a la ciudadana Gladys Marisol Carrero Leal , los días 30 de cada mes y cuotas extraordinarias para los meses de agosto y diciembre en la cantidad de cuatrocientos bolívares ( Bs. 400°°), si mismo solicito que la deuda que mantengo de pensiones atrasadas la cual asciende a la cantidad de dos mil cien bolívares ( Bs. 2100°°) me sean condonado” Es todo. Acto seguido se le dio el derecho de palabra a la ciudadana GLADYS MARISOL CARRERO LEAL, quien manifestó “Estoy de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestra hija y que cumpla con puntualidad y responsabilidad Con el acuerdo efectuado en el día de hoy”. Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

GLADYS MARISOL CARRERO LEAL

JESUS ANTONIO HERNANDEZ SALCEDO

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ