REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.


DEM.993-11-1092
CAPITULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Carmen Zenaida Bernal Cuadros, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.539.618, en su carácter de madre de la niña Kerly Yorley Cobaria Bernal.

DIRECCIÓN: Campo Barinas, Municipio Libertador del Estado Táchira.

DEMANDADO: Richard Antonio Cobaria Altuve, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.825.542, en su carácter de padre de la niña Kerly Yorley Cobaría Bernal.

DIRECCIÓN: El Piñal, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.



MOTIVO: Fijación de la Obligación de la Manutención

CAUSA Nro. 993-09

FECHA DE ENTRADA: 15 de Enero de 2009.



CAPITULO II
DE LOS HECHOS.


En fecha 17 DE Febrero de 2009, se homologo el acta donde las partes CARMEN ZENAIDA BERNAL CUADROS parte demandante y RICHARD ANTONIO COBARIA ALTUVE parte demandada, fijaron el monto de la obligación de manutención a favor de la niña KERLY YORLEY COBARIA BERNAL.
En fecha 09 de Diciembre de 2010, mediante diligencia la parte demandada ciudadana CARMEN ZENAIDA BERNAL CUADROS, solicita se libre oficio al Comando de la Policía del Estado Táchira, para que informen donde se encuentra destacado el ciudadano RICHARD ANTONIO COBARIA ALTUBE parte demandada, para citarlo en virtud que no esta cumpliendo con la obligación de manutención.
En fecha 14 de Diciembre de 2010, por auto del Tribunal se acordó librar oficio al Director de la Policía del Estado Táchira, solicitando información donde se encuentra destacado el ciudadano RICHARD ANTONIO COBARIA ALTUBE parte demandada.
En fecha 14 de Diciembre de 2010, se libro oficio al Director de la Comandancia General de la Policía del Estado Táchira, solicitando información donde se encuentra destacado el ciudadano RICHARD ANTONIO COBARIA ALTUBE parte demandada.
En fecha 13 de Enero de 2011, se recibió oficio procedente de la Comandancia General de la Policía del Estado Táchira, mediante el cual informan donde se encuentra destacado el ciudadano RICHARD ANTONIO COBARIA ALTUBE parte demandada.
En fecha 14 de Febrero de 2012, mediante diligencia la ciudadana CARMEN ZENAIDA BERNAL CUADROS, solicita se libre nueva citación al obligado ciudadano RICHARD ANTONIO COBARIA ALTUVE.
En fecha 16 de Febrero de 2011, por auto del Tribunal se acordó librar nueva citación al ciudadano RICHARD ANTONIO COBARIA ALTUVE, en los mismos términos señalados en el auto de fecha 14 de Enero de 2011.
En fecha 21 de Febrero de 2011, mediante diligencia, consigno mediante diligencia el Alguacil del Tribunal Boleta de Citación librada al demandante ciudadano RICHARD ANTONIO COBARIA ALTUVE, quien la recibió y firmo en fecha 21 de Febrero de 2011, quedando legalmente citado.
En fecha 24 de Febrero de 2011, día y hora fijada para celebra el acto conciliatorio relacionado con la presente causa ante este Juzgado los ciudadanos: CARMEN ZENAIDA BERNAL CUADROS parte demandante y RICHAR ANTONIO COBARIA ALTUVE parte demandada, previa entrevista con la Jueza, se le concedió el derecho de palabra al demandante quien expuso: “Ofrezco como obligación de manutención la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs.300,oo) mensuales y para los meses de Agosto Ofrezco los tickes escolares que otorga Poli-Táchira para cubrir gastos escolares a favor de mi hija KERLY YORLEY COBARIA BERNAL, así mismo autorizo a la madre de mi hija en cobrar dichos tickes, pido que se libre oficio a la comandancia de la policía donde queda autorizada dicha ciudadana CARMEN ZENAIDA BERNAL CUADROS, y para el mes de diciembre me comprometo cubrir con la totalidad de gastos de fin de año, más el 50% de gastos médicos y medicinas que requiere la niña KERLY YORLEY COBARIA BERNAL, y reconozco que tengo una deuda atrasada de obligación de manutención a la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.2.800,oo), en el cual me comprometo a depositar DOSCIENTOS BOLIVARES (BS.200,oo) adicionales a la obligación de manutención es decir la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (BS.500,oo), mensuales hasta cubrir la totalidad de la deuda atrasada a depositarle los primeros cinco (5) días de cada mes. Es Todo”. Estando presente la demandada, CARMEN ZENAIDA BERNAL CUADROS, igualmente solcito que aperture una cuenta de ahorros por el tribunal, se le concedió el derecho de palabra quien expuso: “Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mi hija en toda y cada una de sus partes”.

CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN

En consecuencia y por cuanto la conciliación suscrita entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de fecha 24 de Febrero de 2011, donde las partes ciudadano CARMEN ZENAIDA BERNAL CUADROS, parte demandante y RICHARD ANTONIO COBARIA ALTUVE parte demandada aumentaron el monto de la obligación de la manutención a favor de la niña KERLY YORLEY COBARIA BERNAL; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de la manutención, conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 369 ejusdem.
Se acuerda librar nuevo oficio a la Entidad Bancaria del Bicentenario Agencia Abejales, solicitando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana CARMEN ZENAIDA BERNAL CUADROS cuya beneficiaria es la niña KERLY YORLEY COBARIA BERNAL; así mismo para que movilice sin autorización del tribunal la cuenta de ahorros, y una vez aperturada dicha cuenta notifíquese al obligado ciudadano RICHARD ANTONIO COBARIA ALTUVE.
Se acuerda librar oficio a la Comandancia General de la Policía del Estado, para que le sea retenido los tickes de Juguetes y le sean entregados a la ciudadana CARMEN ZENAIDA BERNAL CUADROS.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los veintiocho días del mes de Febrero del dos mil once. 200º años de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza.

ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.

El Secretario.

LUIS ALFONSO SANCHEZ PEREZ