REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, martes primero de febrero de dos mil once, siendo las 11:20 a. m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte demandante, ciudadano: FAEZ DE JESÚS JBOUR AL CHOUFI, titular de la C.I. N° V-16.678.253 quien actúa con el carácter de Gerente General de la Sociedad Mercantil LA BABILONIA ANDINA, C.A. asistido por el abogado en ejercicio ADIB BEIRUTI BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 152.061; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede del Banco Occidental de Descuento, Agencia 122 Barrio Obrero, ubicada en la calle 9 frente al Centro Comercial Plaza San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, ciudadano: ELVIS EDUARDO GARCÍA MÁRQUEZ, Titular de la C.I. N° V-16.316.755, en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES-INTIMACIÓN se sigue en el expediente Nº 6.121-2011 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario Policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Se encuentra presente la ciudadana: CARMEN ARELYS GÓMEZ CHACÓN, titular de la C.I. N° V-11.024.822 en su condición de Sub-Gerente Operativo de esta entidad bancaria, la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Señalo para ser embargado preventivamente la cantidad de dinero disponible que se encuentre en la cuenta N° 0116-0046-85-0012304999 que posee el demandado de autos, hasta cubrir el monto decretado por el Juzgado de la Causa; reservándome desde ya en caso de que el monto no cubra el decreto de la medida, es todo”. En este estado el Tribunal requiere de la Notificada la información correspondiente a la cuenta señalada por la parte ejecutante, quien una vez verificado en el sistema informa a este Tribunal que efectivamente la referida cuenta pertenece al ciudadano: ELVIS EDUARDO GARCÍA MÁRQUEZ y que en la misma existe un saldo disponible a la fecha de Ocho Mil Ochocientos Sesenta y Ocho Bolívares con 75 céntimos, (Bs. 8.868,75), y que la misma se trata de una cuenta corriente. Seguidamente el Tribunal procede a declarar Embargado Preventivamente el saldo disponible en la cuenta señalada por la parte actora, en consecuencia se declara su Desposesión Jurídica de conformidad con el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y ordena a la Notificada la emisión del Cheque de Gerencia a nombre del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes, previa la deducción correspondiente a la comisión por emisión del Cheque de Gerencia. En este estado la Notificada hace entrega a este Tribunal del Cheque de Gerencia signado con el N° 04082281 por la suma de Bs. 8.853,75 nombre del Juzgado de la Causa, el cual se acuerda remitir al Juzgado Comitente junto con copia certificada de la presente Acta dejando en su defecto copia fotostática simple. Asimismo se acuerda expedir copia certificada de la presente Acta y hacer entrega de la misma a la Notificada, para fines legales consiguientes. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 12:45 p. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE DEMANDANTE,
FAEZ DE JESÚS JBOUR AL CHOUFI
EL ABOGADO ASISTENTE,
ADIB BEIRUTI BRACHO
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
CABO 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
LA NOTIFICADA,
CARMEN ARELYS GÓMEZ CHACÓN
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO