REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, lunes veintiocho de febrero de dos mil once, siendo las 9:30 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario, junto con la abogada en ejercicio YUDITH YSABEL RODRÍGUEZ PAIVA, inscrita en el Inpreabogado N° 89.202 quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte Solicitante Sociedad de Comercio CONSTRUCTORA CASBER, C.A.; é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Galpón S/N, ubicado en el Sector Sabaneta, La Ortiza, antigua vía El Llano, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la ENTREGA MATERIAL DE BIEN MUEBLE consistente en un equipo con descarga posterior para 22m3, con las siguientes características: En acero laminado A-36 que va desde 3.0mm hasta 19mm de espesor, 2 ejes tipo A-26, artillerías de 6 brazos, 1 cilindro hidráulico de 42 toneladas marca Custom Hoilst, sistema de frenado de servicio, fondo en base cromado de zinc con recubrimiento en esmalte sintético de alta resistencia de dos ejes con ocho cauchos y ocho rines; Entrega Material ésta solicitada por la Sociedad de Comercio CONSTRUCTORA CASBER, C.A. contra la Sociedad Mercantil REMOLQUES Y CARROCERÍAS HER, C.A., Expediente N° 1471 (Solicitud) que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1º CHARLES VICTOR MORA DÌAZ, placa 1439. Se encuentra presente el ciudadano: JOSÉ ASCENSIÓN MORA PÉREZ, titular de la C. I. Nº V-5.670.231 quien manifestó ser el encargado del galpón, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, quien informó que la Sociedad Mercantil Remolques y Carrocerías Her C.A. se mudó de esta dirección hace aproximadamente seis (06) meses, desconociéndose su nuevo domicilio. Informó igualmente el Notificado que tiene conocimiento que la referida empresa dejó obligaciones pendientes con los propietarios de estas instalaciones. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja constancia que dentro del presente inmueble no se observa ningún equipo que se corresponda con las características indicadas en la presente solicitud y que constituye el objeto de la presente Entrega Material, en tal sentido este Tribunal Acuerda suspender la presente Entrega Material de Bien Mueble en el día de hoy, po no haber sido ubicado el bien mueble respectivo. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 10:30 a. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.


LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE SOLICITANTE,
ABG. YUDITH YSABEL RODRÍGUEZ PAIVA

EL FUNCIONARIO POLICIAL,
CABO 1º CHARLES VICTOR MORA DÌAZ

EL NOTIFICADO,
JOSÉ ASCENSIÓN MORA PÉREZ


LA SECRETARIA,

HAYDEÈ SOCORRO MORENO