En el día de hoy jueves diez (10) de febrero de dos mil once (2011) siendo las 12:30 pm, tal como fue acordado en el auto de fecha 09 de febrero de 2001, se traslado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a cargo de la Juez Ejecutora Provisoria Abg: Saida Yamilka Prada Chacón, con su secretario William F. Zambrano Z. y se constituyó en un inmueble signado con el N° MBC-7, manzana B, de la Urbanización Coviaguar, Barrio las Flores, Jurisdicción de la Aldea Paraguay, Municipio Ayacucho del Estado Táchira,. A fin de cumplir el exhorto procedente del Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, librado en la solicitud de Inspección Judicial N° 297611, solicitada por el ciudadano: FELIX GUGLIELMI MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.553.861, domiciliado en San Cristóbal del Estado Táchira y aquí de tránsito, en su carácter de partidor, según credencial que le fue otorgada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, asistidos de los abogados: JORGE ELEAZAR BENAVIDES NIETO Y OMAR ORLANDO RODRIGUEZ JAIMES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad N° V- 1.588.944 y V- 8.094.810, en su orden, inscritos en los inpreabogados bajo los N°S: 115.076 Y 48389, en su orden; el solicitante supra identificado, fue designado partidor en el Expediente N° 32.119-2006, del Tribunal de la causa. Constituido este Tribunal Ejecutor de Medidas, en el referido inmueble, junto con el solicitante, ciudadano: GUGLIEIMI MEDINA FELIX, supra identificado, debidamente asistido para este acto por los abogados, ciudadanos: Jorge Eleazar Benavides Nieto y Omar Orlando Rodríguez Jaimes, supra identificados, procedió a dejar expresa constancia a los particulares solicitados en el referido Exhorto. AL PRIMERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, se constituyó en el presente bien inmueble N° MBC-7, Manzana B, de la Urbanización Caviaguarn, Barrio las Flores, antigua Aldea Paraguay, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, procediendo en este mismo acto el partidor, ciudadano: FELIX GUGLIELMI, supra identificado, a efectuar el avalúo ordenado por el Tribunal de la causa, en el Expediente N° 32119-2006. AL SEGUNDO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja expresa constancia, que se encuentra ocupado el citado inmueble, ciudadana: ROSA AURA ROJAS VIUDA DE VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.587.391, de oficios del hogar, en su condición de viuda del causante. AL TERCERO: En este estado el partidor, ciudadano: FELIX GUGLIELMI MEDINA, supra identificado, debidamente asistido de abogado, ya identificados, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue por este Tribunal, expuso: “Solicito a este Tribunal, se deje constancia de los ambientes que constituyen el inmueble donde esta constituido el Tribunal y así mismo se le solicite a la ciudadana: ROSA AURA ROJAS, ya identificados, como ocupante de este inmueble, se me expida copia simple fotostática de la Planilla Sucesoral”. Es todo. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, visto lo solicitado por el Partidor supra identificado, en el particular tercero. Este Tribunal deja constancia junto con el partidor, de los ambientes que constituyen este inmueble, siendo los siguientes: Tomando como referencia el frente de la calle hacia el fondo, hay lo siguiente, puerta de reja de ingreso al garaje; dentro de la vivienda sala-comedor, área de cocina, tres (3) habitaciones, una sala de baño, una habitación más donde estaba instalada la cocina anterior, y se sigue al corredor en la parte trasera en donde hay una habitación, una sala de baño y un área de servicios, un patio descubierto en piso de cemento. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas insto a la ciudadana: ROSA AURA ROJAS VIUDA DE VIVAS, supra identificada, quien presento los siguientes documentos: Acta de Matrimonio, entre José Atilio Vivas y Rosa Aura Rojas Escalante y Planilla Sucesoral N° F- 030148623, de fecha 12 de abril del año 2006, correspondiendo al causante: JOSE ATILIO VIVAS. Es todo, no siendo otro el objeto de este Tribunal Ejecutor de Medidas, declara concluido el presente acto. Se declara cumplida la Inspección judicial, ordena por el Juzgado comitente; y se acuerda consignar el referido exhorto, copia fotostática simple del Acta de Matrimonio y Planilla Sucesoral en copia fotostática simple constante de seis folios útiles; se acuerda dejar copia fotostática certificada de las presentes actuaciones, para el archivo de este Tribunal y acuerda regresar a su sede a la 1:30 pm. Se deja constancia que la dirección donde se constituyó este Tribunal a la realización de la Inspección Judicial, fue señalada por el solicitante y sus abogados asistentes supra identificados. Se deja constancia que el traslado de este Tribunal, no generó ningún tipo de arancel ni emolumento. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ EJECUTORA PROVISORIA
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON

EL SOLICITANTE
FELIX GUGLIELMI MEDINA

ABOGADOS ASISTENTE DEL SOLICITANTE

ABG: JORGE ELEAZAR BENAVIDES NIETO
ABG. OMAR ORLANDO RODRIGUEZ JAIMES.



EL SECRETARIO
WILLIAM F. ZAMBRANO Z.

Exhorto N° 773-2011.