Se dictó decisión en los siguientes términos: ÚNICO: DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de CARMEN ALICIA CASTRO RINCON, venezolana, mayor de edad, nacido en fecha 22-12-1957, titular de la cédula de identidad V-9148624, residenciada en la Urbanización Bramon Prados de la Victoria, calle 4, casa 57-21 Rubio, estado Táchira; por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, vigente para la fecha del hecho, en el cual resultó como víctima: ANA VERONICA LOPEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-14346976, residenciada en la calle 15 entre avenidas 11 y 12 Barrio San Martín, Rubio, Estado Táchira; solicitud que se fundamenta en lo previsto por el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo establecido en los artículos 48 numeral 8 eiusdem.
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