REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 25 de Febrero de 2011
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2011-000412
ASUNTO : SP11-P-2011-000412
Visto el escrito presentado por el Abg. CARLOS JULIO USECHE CARRERO, Fiscal 8 del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figuran como imputado PERSONAS POR IDENTIFICAR, en perjuicio de Mei Yiqun, por la comisión del delito de Robo agravado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
HECHO
En fecha 29-07-2000, ocurrieron los hechos en virtud de la denuncia interpuesta por Mei Yiqun, Ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas Penales y Criminalísticas, Seccional San Antonio. Como consecuencia de la denuncia se dio inicio a la investigación.
Corre agregadas las siguientes diligencias:
Denuncia común
Acta de investigación policial de fecha 29-07-2000
Acta de inspección ocular 509
Ahora bien, analizadas las actas que conforman la presente causa de las mismas no se desprenden suficientes elementos de convicción que permitan establecer la identidad y el grado de participación de persona alguna en los hechos ,y tomando en consideración por el tiempo transcurrido desde la fecha en que sucedieron los hechos que no hay la posibilidad de incorporar nuevos elementos con los que se pueda establecer el grado de participación, en virtud de que el denunciante fue despojado de cierta cantidad de dinero por personas desconocidas y es por ello que el Tribunal considera procedente declarar el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
POR LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS ESTE TRIBUNAL TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY PRIMERO DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figuran como imputado PERSONAS POR IDENTIFICAR, en perjuicio de Mei Yiqun, por la comisión del delito de Robo agravado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal.
Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
JUEZA TERCERO DE CONTROL
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
SECRETARIO
|