REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de ejecución Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
Sección Adolescente
Macuto, 15 de febrero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : WV01-D-2006-000032
ASUNTO : WV01-X-2007-000005

CESACION DE SANCIÒN POR CUMPLIMIENTO

Visto el escrito presentado por ante este despacho por la defensora Pública Yamileth Contreras, en su carácter de defensora de la joven adulta: IDENTIDAD OMITIDA, en la cual solicita el cese de la sentencia de Libertad Asistida y Reglas de Conducta, dictada en fecha 02 de Noviembre de 2007, hasta la presente fecha la joven adulta: IDENTIDAD OMITIDA, a cumplido con la sanción impuesta.

Realizando la revisión de la presente causa este juzgado puede constatar que efectivamente la joven adulta antes mencionada cumplió cabalmente con la sanción impuesta de Un (1) año de Libertad Asistida y Reglas de Conducta dictada en fecha 02 de Noviembre de 2007, por el juzgado Segundo de Control de esta misma sección de adolescentes, por lo que considera quien aquí decide que lo mas prudente y ajustado a derecho es decretar el cese de la sanción impuesta a la joven adulta IDENTIDAD OMITIDA. Y ASI SE DECIDE

DISPOSITIVA

Por todos los razonamiento antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA CESACION DE LA SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA, REGLAS DE CONDUCTA, por cumplimiento a la joven adulta IDENTIDAD OMITIDA, y consecuencialmente se decreta su libertad plena, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese el correspondiente oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas para su exclusión de pantalla. Hágase lo conducente. Cúmplase.- Regístrese y déjese copia de esta Decisión. En Macuto a los quince (15) días del mes de Febrero del año Dos mil Once (2011).
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION,

ABG. JESUS ALBERTO BLANCO

LA SECRETARIA,

Abg. ROSA MARQUEZ.