REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 11 de Febrero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2007-000103
ASUNTO : WP01-P-2007-000103

Compete a este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano IBRAHIM JOSE BRIZUELA ROJAS, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 21-07-1986, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Jose Luis Brizuela (v) y de Heidy Gallardo (v) domiciliado en Tacarigua de Maporal casa de color verde, detrás del polideportivo, Calle Maurica Cuatro, estado Miranda, titular de la cédula de identidad N° V-17.147.391, a quien se le siguió juicio por la comisión del delito del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 ultimo aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la época del hecho.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 30 al 96, de la Sexta Pieza, sentencia publicada por el Tribunal Unipersonal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en fecha 07 de Diciembre de 2010, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano IBRAHIM JOSE BRIZUELA ROJAS, de la acusación formulada en su contra por la Representación de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 ultimo aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por considerar que no existían elementos suficientes de convicción procesal que demostraran la culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal del imputado en los hechos señalados, pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el citado Tribunal, mediante auto de fecha 03 de febrero de 2011.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR su exclusión de pantalla cualquier registro policial que se presente en relación a esta causa y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA al ciudadano IBRAHIM JOSE BRIZUELA ROJAS arriba identificado, a quien se le siguió juicio por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 ultimo aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud de haber dictado el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, sentencia absolutoria a su favor, en fecha 07 de diciembre de 2010.
Regístrese, Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminológicas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano IBRAHIM JOSE BRIZUELA ROJAS
EL JUEZ DE EJECUCION,

DR, JESÚS ERNESTO DURÁN RAGA.
LA SECRETARIA,

ABG. YASNALDY CASTRO CASTILLO.