REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 03 de Febrero de 2011
200° y 151°

SOLICITANTE: CARMEN CLEOTILDE RAMIREZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.090.842.
ABOGADA ASISTENTE: MAGALI BOZZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.643.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITUD: Nº 2644-10
Presentada la anterior solicitud en fecha 25/10/2010, previa distribución fue asignada a este Juzgado, dándosele entrada mediante auto de fecha 27 de Octubre de 2010 y una vez consignados los documentos fundamentales se admitió en fecha 07 de Diciembre de 2010, fijándose oportunidad para la declaración de dos (02) personas como testigos que la postulante presentará al Tribunal.
La ciudadana: CARMEN CLEOTILDE RAMIREZ GARCIA, solicitó le sea otorgado Título Supletorio sobre las mejoras y refacciones construidas a sus solas y únicas expensas sobre un lote de terreno y la casa sobre el construida sin número, la cual le pertenece según documento de compra venta debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Vargas del Distrito Federal (hoy Estado Vargas), registrado bajo el Nro 24º, Protocolo 1º, Tomo 5, de fecha cuatro (04) de Febrero del año Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994), ubicada detrás de la Iglesia de la Ermita El Carmen, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas. Dicho lote de terreno y casa sobre el construida tiene una superficie de CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS CUADRADOS (58,10 Mts2) aproximadamente, siendo sus linderos los siguientes: NACIENTE: Que es su frente con quebrada denominada fortín; PONIENTE: Que es su fondo con casa que es de Moisés H. Baiz; NORTE: Casa de León Arístides Bello y SUR: Con casa de Amelia Volcán. La cual se encuentra discriminada de la siguiente manera: PLANTA BAJA: Esta construida con columnas y vigas aporticadas de concreto armado; techo de losa nervada, piso de cerámica, paredes de bloques frisados y pintados, escaleras interna de cerámica que conducen al primer nivel. Su estructura es la siguiente: una (1) sala, una (1) cocina-comedor, un (1) baño con todos sus accesorios, revestido de cerámica por la mitad, un (1) porche en la entrada. Posee todas las instalaciones de aguas servidas, aguas blancas e instalaciones eléctricas. PRIMER NIVEL: Esta construida con columnas y vigas aporticadas de concreto armado; techo de losa nervada, piso de cerámica, paredes de bloques frisados y pintados, escalera interna que conduce al segundo nivel de hierro forjado. Su distribución interna es la siguiente: dos (2) habitaciones, un (1) cuarto tipo closet, un (1) pasillo y un (1) baño con todos sus accesorios. Posee todas sus instalaciones de agua servidas, aguas blancas e instalaciones eléctricas con enterada independiente. SEGUNDO NIVEL: Su estructura es de paredes de bloques frisados y pintados, techo de acerolit, un (1) tanque de agua potable. Su distribución interna es: dos (2) habitaciones, un (1) lavandero. Posee todas sus instalaciones de agua servidas, aguas blancas e instalaciones eléctricas con enterada independiente.
La ciudadana antes mencionada consignó como documentos fundamentales de su solicitud, los siguientes:
1. Documento de Compra-Venta, debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Vargas del Distrito Federal (hoy Estado Vargas), registrado bajo el Nro 24º, Protocolo 1º, Tomo 5, de fecha cuatro (04) de Febrero del año Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994);
2. Constancia de Residencia;
3. Croquis de Ubicación del Inmueble;
4. Copia de la Cédula de Identidad;
5. Testimoniales rendidas por los ciudadanos: JOSE GREGORIO MUDALEL ACVOSTA y MARY KARLA BLANCO GARCIA.
Estos testigos fueron contestes en sus declaraciones, no incurrieron en exageraciones en sus respuestas, por lo que prestan para este Tribunal todo el valor probatorio que se desprende sobre la existencia de las mejoras.
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por la ciudadana: CARMEN CLEOTILDE RAMIREZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.090.842 y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: “Declarar bastante y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la solicitante el derecho de propiedad concerniente sobre las mejoras y refacciones construidas a sus solas y únicas expensas sobre un lote de terreno y la casa sobre el construida sin número, la cual le pertenece según documento de compra venta debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Vargas del Distrito Federal (hoy Estado Vargas), registrado bajo el Nro 24º, Protocolo 1º, Tomo 5, de fecha cuatro (04) de Febrero del año Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994), ubicada detrás de la Iglesia de la Ermita El Carmen, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas. Dicho lote de terreno y casa sobre el construida tiene una superficie de CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS CUADRADOS (58,10 Mts2) aproximadamente, siendo sus linderos los siguientes: NACIENTE: Que es su frente con quebrada denominada fortín; PONIENTE: Que es su fondo con casa que es de Moisés H. Baiz; NORTE: Casa de León Arístides Bello y SUR: Con casa de Amelia Volcán. La cual se encuentra discriminada de la siguiente manera: PLANTA BAJA: Esta construida con columnas y vigas aporticadas de concreto armado; techo de losa nervada, piso de cerámica, paredes de bloques frisados y pintados, escaleras interna de cerámica que conducen al primer nivel. Su estructura es la siguiente: una (1) sala, una (1) cocina-comedor, un (1) baño con todos sus accesorios, revestido de cerámica por la mitad, un (1) porche en la entrada. Posee todas las instalaciones de aguas servidas, aguas blancas e instalaciones eléctricas. PRIMER NIVEL: Esta construida con columnas y vigas aporticadas de concreto armado; techo de losa nervada, piso de cerámica, paredes de bloques frisados y pintados, escalera interna que conduce al segundo nivel de hierro forjado. Su distribución interna es la siguiente: dos (2) habitaciones, un (1) cuarto tipo closet, un (1) pasillo y un (1) baño con todos sus accesorios. Posee todas sus instalaciones de agua servidas, aguas blancas e instalaciones eléctricas con enterada independiente. SEGUNDO NIVEL: Su estructura es de paredes de bloques frisados y pintados, techo de acerolit, un (1) tanque de agua potable. Su distribución interna es: dos (2) habitaciones, un (1) lavandero. Posee todas sus instalaciones de agua servidas, aguas blancas e instalaciones eléctricas con enterada independiente, dejando a salvo los derechos de terceros”.
Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa su certificación por Secretaria, para el archivo del Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. Maiquetía, a los tres (03) días del mes de febrero del año dos mil once (2.011).
LA JUEZ,
NAHIROBY C. BOSCAN P.
LA SECRETARIA,

ELIA GONZALEZ
En esta misma fecha siendo las 9:00 de la mañana se publico y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ELIA GONZALEZ
NCBP/Eg/David
Solicitud Nº 2644-10